Condenada a 6 años de prisión la mujer que quemó las Urgencias del Hospital de La Candelaria

Urgencias del Hospital La Candelaria (Tenerife), la noche del incendio

Tenerife Ahora

Santa Cruz de Tenerife —

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La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a seis años de prisión a Maximina L.G., la mujer que provocó un incendio el 13 de agosto de 2018 en el área de Urgencias del Hospital Universitario Nuestra Señora de La Candelaria, según ella, enfadada porque tardaban en atenderla.

Según la sentencia que ha facilitado este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, la mujer, de 52 años, se ha declarado culpable de un delito de incendio con peligro para la vida e integridad física de las personas, así como de otros seis delitos leves de lesiones, y ha aceptado las condenas propuestas por las acusaciones.

En la sentencia se indica que la diligente e inmediata actuación del personal sanitario del Hospital, con la pronta ayuda de los efectivos policiales y la intervención de los bomberos, permitió evacuar en unos minutos a los numerosos pacientes que en esos momentos se encontraban siendo atendidos en el servicio de Urgencias y sus familiares, lo que evitó una tragedia que podía haber alcanzado proporciones “dantescas”.

Relato de los hechos, según la sentencia

Según los hechos probados, Maximina L.G. ingresó en Urgencias el citado día de agosto de 2103 tras ser encontrada en unas escaleras de la avenida marítima de Candelaria a Las Caletillas bajo los supuestos efectos de una previa ingestión de bebidas alcohólicas y fármacos.

A las 16:35 horas de dicho día la enfermera encargada del “triaje” comprobó que sus constantes vitales eran normales, por lo que Maximina debía esperar a que con criterios del grado de prioridad se atendiesen los casos de otros pacientes más urgentes.

Pocos minutos después, Maximina se bajó de la camilla o silla donde estaba y comenzó a pasear por las estancias del servicio de urgencias del HUNC, lo que provocó que cuando fue llamada para ser atendida, sucesivamente a las 17:30 horas, a las 18:00 horas y a las 18:50 horas, no fuera localizada, por lo que no pudo ser valorada y asistida por los servicios médicos.

Por su parte, Maximina con el discurrir del tiempo durante la tarde fue impacientándose y terminó por enfadarse al perder su teléfono móvil.

En tal estado, sobre las 20:45 horas y “con pleno conocimiento y voluntad de lo que iba a hacer y cerciorándose de no ser descubierta”, se dirigió a la sala de observación de Urgencias Pediátricas, donde en esos momentos no había ningún niño pero sí en los boxes anexos, y utilizó un mechero que llevaba, para prender fuego a la ropa de una de las camas.

Acto seguido, Maximina salió de la sala de observación a un pasillo donde se cruzó con una enfermera que le llamó la atención por encontrarse en dicho lugar, sin que Maximina advirtiera a esta ni a ninguna otra persona sobre el fuego que acababa de causar.

Sin embargo, dada la cantidad de material altamente inflamable que se encontraba en la sala (sábanas, colchones, plásticos, alcohol), e incluso potencialmente explosivo (bombonas y canalizaciones de oxígeno), el fuego, y sobre todo el humo, se extendió hacia otras estancias del servicio de urgencias del HUNC, sin que la pronta reacción de los vigilantes de seguridad que descubrieron el fuego pudiera contener el mismo con la utilización de una sola manguera.

Del área de Urgencias tuvieron que ser evacuados rápidamente 132 pacientes, alguno de los cuales estaban sondados, encamados y con dificultades de movilidad, los cuales fueron trasladados primero al exterior y después reubicados en otras plantas del hospital o derivados a otros centros hospitalarios.

En la sentencia se indica además que hubo que evacuar a la mayor parte de los pacientes de las 9 plantas de la Torre Norte más próximas al lugar del incendio y trasladarlos a las plantas de la Torres Sur, ante el peligro evidente de que pudieran resultar afectados por el humo del incendio.

En las tareas de sofocación del incendio participaron 39 bomberos del Consorcio de Bomberos Isla de Tenerife y la práctica totalidad de los agentes policiales de las plantillas de la Policía Nacional y Policía Local que, en esos momentos, se encontraba de servicio, más otros efectivos que se fueron incorporaron a tales labores; personas todas ellas cuya vida e integridad física estuvo en peligro a consecuencia del incendio.

De hecho, como consecuencia del incendio, varias de esas personas, personal sanitario y usuarios, quedaron encerradas en habitaciones sin salida posible, por los que Policía y Bomberos tuvieron que proceder a cortar rejas de ventanas o tirar abajo por la fuerza puertas para sacarlas de su encierro.

A causa del incendio provocado por Maximina L.G. la sala de observación de urgencias pediátricas del HUNC quedó calcinada y destruida en su totalidad; el área de urgencias pediátricas y su sala de espera resultó muy afectada tanto por el fuego como por el humo, quedando fuera de servicio todas las instalaciones y elementos de obra civil con daños de importante consideración.

Los locales del área de urgencias de trauma, observación de pacientes agudos, triaje, vestíbulo de entrada, admisión e información a pacientes y familiares, también resultaron dañados en sus instalaciones y elementos, aunque en menor medida que las anteriores al estar más distantes del origen del fuego.

El Hospital Universitario Nuestra Señora de La Candelaria es propiedad del Servicio Canario de Salud del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuyo Dirección ya, a través de diferentes informes y resoluciones administrativas, ha presupuestado el importe al que asciende la reparación de los daños materiales causados por la procesada en 1.100.000 euros.

El hospital carecía de seguro que pudiera cubrir el riesgo creado al no asumir compañía aseguradora alguna el mismo.

Una vez extinguido el incendio y al ser Maximina consciente de la magnitud del incendio que había provocado, se acercó a unos policías nacionales y reconoció que había sido la causante del fuego, por lo que fue detenida y además se le intervinieron tres mecheros.

En la condena se considera circunstancia atenuante la grave adicción al consumo de bebidas alcohólicas que padece Maximina L.G., que deberá indemnizar al Servicio Canario de la Salud en la cantidad que se determine o, en su defecto, en lo correspondiente al importe de la reparación de todos los daños materiales causados.

Asimismo, la condenada deberá indemnizar a las seis personas que sufrieron lesiones con la suma de cien euros por cada uno de los días que cada uno de ellos empleó en su curación. 

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