Guerra de cifras (y criterios) entre la fiscal y los peritos de la defensa sobre el presunto quebranto a Emalsa

Los peritos de Kroll.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —
10 de julio de 2025 20:00 h

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La séptima sesión del juicio sobre el presunto quebranto a Emalsa, la empresa mixta de aguas de Las Palmas de Gran Canaria, ha estado marcada por la guerra de cifras, criterios e interpretaciones entre la fiscal especializada en Delitos Económicos, Evangelina Ríos, y dos peritos de Kroll, la consultora contratada por las defensas precisamente para cuestionar el escrito de acusación del Ministerio Público.

El informe de Kroll está fechado el 16 de septiembre de 2024. Es decir, tan sólo catorce días antes del inicio del juicio. La vista tuvo que ser suspendida en su segunda jornada, el 2 de octubre, debido a la indisposición de uno de los abogados de la defensa, y se reanudó a finales de junio. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, donde se juzga este caso, había rechazado en un principio la incorporación de ese informe, al considerar que era extemporáneo.

Sin embargo, el aplazamiento del juicio por esa circunstancia sobrevenida permitió la inclusión como prueba de ese informe crítico con la Fiscalía, al entender el tribunal que, “con independencia de la valoración de su contenido”, en ocho meses las partes tenían tiempo suficiente para estudiarlo y, por lo tanto, para someterlo a contradicción.

El informe de Kroll lleva por título Análisis crítico del escrito de acusación de la Fiscalía en relación con los contratos suscritos entre Emalsa y Sercanarias y la contraprestación a los socios privados de Emalsa por las prestaciones accesorias. Y a lo largo de sus 325 páginas, los peritos desgranan los errores, bien sea por “duplicidades, cálculos no correctos o confusión de conceptos”, en que, a su juicio, incurrió la fiscal al cuantificar en 16 millones de euros el quebranto por esos contratos.

De los cuatro peritos que firman ese informe, en la sesión de este jueves han comparecido dos, Carmen Mencías y Jaime García, que han tildado la cifra aportada por la fiscal como “desproporcionada e incoherente” y, “en el mejor de los casos, sobrevalorada”.

Los economistas de Kroll han explicado que el informe de los peritos judiciales (Godoy Consultores y Auditores) determinó que el presunto perjuicio que los contratos con Sercanarias habrían ocasionado en Emalsa era de 4 millones de euros. “No entendemos cómo la fiscal multiplica esa cuantía por cuatro”, ha señalado Mencía, que no sólo ha cuestionado la cifra, que correspondería a “la facturación de cinco años de Sercanarias”, sino el hecho de que haya algún perjuicio.

Contrato de saneamiento

Con un presunto perjuicio de 11,1 millones de euros, el contrato de saneamiento o mantenimiento de la red de alcantarillado es, según la fiscal, el más gravoso. Los consultores de Kroll han explicado que el informe judicial de Godoy fija en 1,4 millones de euros el exceso de facturación por esta adjudicación (había un importe límite anual) y en cerca de 100.000 euros una incorrecta aplicación del IPC. En total, 1,5 millones de euros.

Sin embargo, la fiscal eleva esa cantidad al incluir como perjuicio 7,6 millones por sobrecoste de personal en el periodo enjuiciado (2008-2012) y 2,2 millones por el incumplimiento de la obligación de limpiar de manera preventiva 700 kilómetros de la red por año.

Carmen Mencías explicó, “por su propia experiencia”, que este tipo de prestaciones “no son económicamente rentables”, puesto que las redes de alcantarillado suelen ser “muy antiguas, de bajo rendimiento e inframantenidas”. Por ello, dijo la perito, surgen “actuaciones imprevistas y extraordinarias” que son las que, a su juicio, justifican ese exceso de facturación sin que eso implique un perjuicio para Emalsa.

La economista ha dicho que, aunque el contrato establecía un precio límite anual, también contemplaba la posibilidad de realizar ampliaciones para actuaciones “extraordinarias y urgentes”. La fiscal ha mantenido a lo largo del juicio que esas ampliaciones debían estar justificadas documentalmente, mediante informes, y que no había ninguna constancia de ellos. Para Mencías, esa “premisa” es “contraria a la naturaleza del servicio”. “No es necesaria una aprobación por escrito cuando se produce una fuga a las tres de la mañana”, ha manifestado a modo de ejemplo.

La fiscal Evangelina Ríos.

También hay discrepancia en relación con los 7,6 millones de euros que, según la fiscal, Sercanarias facturó de más en ese periodo en materia de personal con respecto a los emolumentos fijados en el pliego técnico (con sus correspondientes actualizaciones, según el IPC). En opinión de los peritos de Kroll, esa cifra está “mal calculada” porque, entre otros motivos, contempla como gastos de personal otros costes, como el de material. “Corrigiendo” esos datos, a esta consultora le da un margen de beneficio para la empresa de “entre el 7 y el 20%”, lo que considera unos parámetros “razonables” que descartan el perjuicio.

Con respecto al incumplimiento de la limpieza preventiva de la red de saneamiento, los peritos de Kroll sostuvieron, sobre la base del segundo informe de Análisis Ingenieros (año 2013), que esta circunstancia se explicaba porque se habían hecho más actuaciones correctivas que preventivas.

Los peritos de Kroll han recordado que, durante el periodo objeto de enjuiciamiento, Sercanarias facturó unos 13 millones de euros por el contrato de saneamiento y que la fiscal cuantifica el perjuicio en alrededor de 11. Según Mencías, ello implicaría que la filial de los socios privados hubieran tenido que ejecutar ese contrato con sólo dos millones, cantidad con la que “no podría ni pagar los gastos de personal”. “Tendría que haber puesto dinero”, ha añadido la perito, que ha sentenciado que ni Emalsa ni Sercanarias se repartieron dividendos y que en 2010 los socios privados tuvieron que hacer una ampliación de capital a su filial porque estaba “en causa de liquidación”.

Durante su interrogatorio, la fiscal le preguntó, a propósito de esa afirmación, si tenía conocimiento de que Sercanarias se había dotado de RIC (Reserva de Inversiones de Canarias) en esa época, pero la perito desconocía ese instrumento y la discusión se enfangó hasta el punto de que tuvo que intervenir el presidente del tribunal para ponerle fin.

Otros contratos de Sercanarias

Con respecto a otros contratos, los peritos de Kroll también defendieron que no hubo ningún perjuicio e insistieron en que las actuaciones estaban visadas por técnicos de Emalsa y que las cuentas estaban auditadas por empresas independientes que, al avalarlas, ratificaban que los precios se ajustaban a los de mercado.

Sobre el transporte de lodos, Mencías dijo que era razonable que el importe se fijara por viaje (el trayecto entre la estación depuradora y el vertedero) y no por peso. “Cuesta lo mismo transportar un camión si llevo un kilo que si llevo una tonelada”, dijo. Sobre el aumento de la cantidad transportada en 2012, lo atribuyó a “una inversión” que había hecho Emalsa en la estación depuradora, aunque luego, a preguntas de la fiscal, dijo desconocer cuál había sido esta inversión o si efectivamente se había ejecutado. En relación con este contrato, las acusaciones sostienen que la adjudicataria infló el número de horas extra del personal.

Los peritos de Kroll han asegurado, en referencia a los contratos de fontanería, que otras empresas también generaron un exceso de facturación y que Sercanarias cobró más en los últimos ejercicios porque asumió los servicios que prestaban otras.

Noelia Afonso, abogada de la defensa.

A juicio de los peritos de la defensa, Emalsa podía contratar de manera directa (sin licitación) a Sercanarias porque “cumplía el requisito del 80%”. Es decir, que al menos ese porcentaje del volumen de negocio de Sercanarias en los tres años anteriores (2005, 2006 y 2007) procedía de las ventas a Emalsa o a empresas asociadas.

Al igual que en la sesión del miércoles, se ha vuelto a discutir si esa premisa se cumplía en 2007. Las defensas sostienen que sí porque incluyen en la facturación las ventas a la UTE formada por Satocan y Gestagua, filial esta última de Saur (uno de los socios privados de Emalsa). “Son hermanas”, ha dicho la perito de Kroll. La fiscal, en cambio, comparte la opinión manifestada por los peritos judiciales (Godoy) de que ese ejercicio el porcentaje fue menor. Considera que, según la Ley 31/2007 sobre “procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales”, esa UTE no puede ser considerada empresa asociada o vinculada.

Prestaciones especiales

Otro de los asuntos que se discute en el juicio tiene que ver con las denominadas prestaciones accesorias o especiales que se repartían los socios privados de Emalsa (Saur y Sacyr-Valoriza). La Fiscalía cifra el perjuicio por este concepto en 4,5 millones de euros (450.000 euros para cada una durante cinco años), al entender que no estaban justificadas.

Según explicaron los peritos de Kroll, esas prestaciones incluían dos partidas. Por un lado, el “know how” (saber hacer) en la gestión del servicio. Y por otro, los suplidos. Es decir, los costes “directos o indirectos” ocasionados por la puesta a disposición de directivos, sus “horas de dedicación”.

El pacto regulador firmado por los socios privados en noviembre de 2008 distinguía entre esas prestaciones accesorias y las básicas, por las que Saur y Sacyr-Valoriza perciben un 2% de la facturación anual de Emalsa.

Mencías ha explicado que los socios privados cobraban esas prestaciones desde 1994 y que en 2008 firmaron ese pacto para acomodarse a la normativa sobre el Impuesto de Sociedades.

La fiscal le recordó que los peritos de Auren que declararon en el juicio manifestaron que no habían sido capaces de discernir qué era prestación básica y qué accesoria. La perito de Kroll admitió que con ese pacto hubo un cambio de denominación “poco afortunado”, pero precisó que las prestaciones básicas correspondían al “saber hacer” y las accesorias a “los suplidos”.

La economista señaló que la justificación de esos trabajos (puesta a disposición de directivos) está en otros informes, elaborados por Ernst & Young en 2018. Muy posterior, por tanto, a la fecha en que se produjeron los hechos que se enjuician (2008-2012 y al informe de los peritos judiciales de Godoy Consultores.

Tercer acusado

Antes de la declaración de los peritos, compareció ante la Sala un acusado, el tercero desde que comenzara el juicio. Se trata de Pierre José Claude Pans, ingeniero industrial y máster en Finanzas.

Según explicó, ha dedicado casi toda su carrera a la auditoría y dirección financiera. Entre 2007 y 2018 fue ingeniero de operaciones de Saur en Tolouse. Después fue auditor financiero de la misma empresa en París. En 2009 se trasladó a Madrid como director financiero de Gestagua (filial 100% de Saur) y en 2011 asumió el mismo cargo en Saur España.

Pier José Claude Pans.

Claude Pans afirmó que siempre tuvo una relación laboral con Saur o sus filiales, nunca de alta dirección, y que en octubre de 2010 le dieron “poderes mancomunados” en Sercanarias para “firmar contratos y asegurar su operatividad” dado su pequeño tamaño.

El acusado sostuvo que su actuación se limitó a la firma de esos contratos y que no participó en la adjudicación de los contratos. “No tengo los conocimientos técnicos”, dijo. También se desvinculó del pacto para las prestaciones especiales: “En aquel momento tenía 27 años y era un ingeniero de operaciones junior”.

El juicio se reanudará el martes con la última pericial y la declaración de cinco de los doce acusados que quedan por comparecer. Los otros siete lo harán el miércoles. La última semana (22 ,23 y 24 de julio) estará dedicada, en principio, a las conclusiones e informes finales.

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