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La suspensión del juicio sobre el fraude a Emalsa permite la admisión como prueba de un informe crítico con la Fiscalía

La fiscal Evangelina Ríos. (EFE)

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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El juicio sobre el presunto quebranto de 23,4 millones de euros que los socios privados de Emalsa habrían provocado a la empresa que gestiona el agua de Las Palmas de Gran Canaria ha sido aplazado hasta junio de 2025. La indisposición sufrida en la primera sesión por el abogado María Palomino ha obligado a suspender la vista para no vulnerar el derecho de defensa de los tres acusados a los que representa, Juan Miguel Sanjuán, José Julio Artiles y Pedro José Higuera. Los dos primeros son el presidente y el consejero delegado, respectivamente, de Satocan. El tercero es un empleado de la constructora dueña del edificio donde se ubica la sede de Emalsa.

La suspensión del juicio ha tenido como consecuencia directa la admisión de una prueba solicitada por dos de las defensas en la primera sesión del juicio. Se trata de un informe elaborado por la consultora Kroll y que, bajo el encabezado “Análisis crítico del escrito de acusación de la Fiscalía”, cuestiona los cálculos y los “planteamientos técnicos” realizados por el Ministerio Público para cifrar en 23,4 millones de euros el perjuicio ocasionado a Emalsa por los contratos firmados entre los socios privados (Saur y Valoriza) y su filial Sercanarias o el de alquiler para trasladar la sede de la compañía al edificio de Satocan ubicado en el Centro Comercial Las Ramblas de Las Palmas de Gran Canaria.

Ese informe había sido presentado el pasado 16 de septiembre. Es decir, quince días antes de la fecha señalada para el inicio del juicio. A través de una providencia fechada tres días después, el pasado día 19, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas no lo había admitido porque consideraba que era extemporáneo. Sin embargo, los abogados Noelia Afonso y Alberto Rodríguez Mourullo, que representan a cinco acusados vinculados con Saur (cuatro ella y uno él), volvieron a solicitar en el trámite de cuestiones previas que se admitiera como prueba, al entender que era pertinente, que podría aportar mayor claridad y que no incurría en ningún fraude procesal.

A esa petición se adhirieron otros abogados de la defensa. Incluso la letrada del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria se mostró partidaria de que fuera incorporado porque de lo que se trataba, dijo, era de determinar si había habido un perjuicio a los intereses públicos. En cambio, tanto el Ministerio Público como las acusaciones populares (el comité de empresa de Emalsa y la asociación cívica El Sol Sale para Todos) se habían opuesto. La fiscal Evangelina Ríos había recordado que su escrito de acusación, contra el que se dirige el informe de Kroll, estaba a disposición de las partes desde diciembre de 2019, hace casi cinco años, y que, por tanto, las defensas habían tenido tiempo suficiente para presentarlo con mayor antelación.

En la breve sesión de este miércoles, el presidente del tribunal, el magistrado Pedro Herrera, admitió que se trataba de una cuestión “discutible, incluso viendo la sentencia del Supremo” a la que aludían las defensas para solicitar la admisión de esa prueba, una resolución judicial de 2021 firmada por el canario Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Con suspensión obligada del juicio por el problema de salud de un abogado, “las circunstancias han cambiado”, explicó Herrera. Y es que en estos ocho meses de espera hasta la reanudación de la vista, y “con independencia de la valoración de su contenido y de lo afortunado o no que haya podido ser el título (Análisis crítico del escrito de acusación de la Fiscalía)”, las partes pueden estudiar esa pericial y, por tanto, puede ser objeto de contradicción.

Esas son las razones que han llevado al tribunal a admitir ahora como prueba ese informe. La fiscal se ha mostrado conforme porque ahora “sí habrá tiempo suficiente para su examen”. El abogado del comité de empresa de Emalsa, José Manuel Rivero, solicitó que se diera traslado de ese documento a todos los peritos que comparecerán en la vista para que puedan analizarlo, mientras que el letrado de la asociación cívica El Sol Sale para Todos, Agustín Bravo, ha pedido que se admita también informes que se puedan elaborar a partir de ahora para refutar el contenido del recién admitido. Los magistrados han aceptado ambas cuestiones, pero ha puesto como fecha límite para presentarlos el 17 de mayo. Es decir, un mes antes de que se reanude el juicio.

En el banquillo se sientan quince acusados. La Fiscalía pide dos penas alternativas. La principal, por un delito continuado de apropiación indebida. Para trece de ellos, los directivos de los socios privados de Emalsa y miembros del Consejo de Administración, solicita seis años de cárcel y una multa de 18.000 euros. Para el consejero delegado y el empleado de Satocan, por su parte, pide dos años y nueve meses de prisión y 15.000 euros de multa. La alternativa es una condena por administración desleal, con una pena de cuatro años de cárcel y 46 millones de euros para trece acusados (los socios privados y consejeros) y de dos años y nueve meses de cárcel y 46 millones para los vinculados con Satocan. La fiscal fija en 23 millones de euros la indemnización en concepto de responsabilidad civil. Una cantidad que deberán abonar, en caso de condena, todos los acusados de manera conjunta y solidaria.

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