El juez no ve delito en el polémico cambio de notas que alteró la adjudicación de una plaza de docente en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

Escuela de Ingeniería Informática de la ULPGC.

Toni Ferrera

22 de junio de 2026 06:02 h

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El Juzgado de Instrucción Número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha archivado las diligencias que investigaban a cuatro profesores de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) por presuntos delitos de prevaricación administrativa y falsedad documental en el marco de la adjudicación de una plaza en el área de Zoología.

En un auto de sobreseimiento provisional fechado el 19 de diciembre de 2025, el magistrado Rafael Passaro no ve delito en lo que a su juicio es el “objeto central” de la causa: la modificación de las puntuaciones de los aspirantes efectuada por el secretario del tribunal tras una primera deliberación formal y sin el visto bueno del presidente de la comisión valoradora.

El auto es firme, según han confirmado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). La Fiscalía, que presentó la denuncia tras recibir un escrito del propio presidente del tribunal, un catedrático de la universidad, en el que se alertaba de un presunto amaño, descartó recurrir la resolución.

Junto a la adjudicataria de la plaza, Alicia Herrera, investigada por un presunto delito de falsedad documental relacionado con su titulación, figuraban como investigados por presunta prevaricación administrativa los otros miembros del tribunal, que también son catedráticos: el secretario Daniel Montero, la vocal titular María Soledad Izquierdo, vicerrectora de Investigación de la ULPGC en el momento de los hechos, y el vocal suplente Ricardo Haroun.

La denuncia presentada por el Ministerio Público abarcaba un contexto más amplio del proceso de selección, desde el nombramiento del tribunal hasta la validez de la titulación de Herrera. Pero el magistrado ha centrado la mayor parte del archivo en lo que denomina el “eje de la imputación”: el polémico cambio de notas realizado por el secretario después de la deliberación formal y sin el beneplácito del presidente de la comisión.

El auto recoge que el 11 de mayo de 2023, tras la celebración de las pruebas y la sesión de valoración del concurso, el tribunal se reunió para asignar las puntuaciones de los aspirantes mediante “anotaciones manuscritas” que habrían sido firmadas por los tres miembros. De esa evaluación salió como ganador el candidato José María Landeira.

Sin embargo, una vez concluida la sesión, el secretario se llevó la documentación de trabajo y comunicó la existencia de “errores en los cálculos”. Modificó las notas y eso alteró la clasificación final, colocando a Alicia Herrera como la aspirante mejor valorada. La vocal se mostró conforme con el cambio.

El presidente del tribunal calificó la actuación de “irregular con trascendencia decisoria”, según la resolución. El juez, no obstante, ha rebajado los hechos a “disfunciones organizativas o de deficiencias en la formalización de los actos” tras escuchar a los investigados. Aunque reconoce que el modo de proceder fue “susceptible de mejora”, no aprecia “voluntad falsaria” en la intervención del secretario ni de la vocal.

Ambos negaron haber manipulado de forma deliberada o arbitraria las puntuaciones. Alegaron que las “anotaciones manuscritas” realizadas durante la valoración de los candidatos tenían carácter provisional y defendieron que, al trasladar las notas a una hoja de cálculo, detectaron “errores materiales o aritméticos” en las sumas, lo que motivó su posterior corrección.

El secretario declaró que su intervención se limitó a “una función técnica de comprobación y sistematización de datos” orientada a “garantizar” que el resultado final “reflejara correctamente las puntuaciones otorgadas”. La vocal, por su parte, respaldó esta versión y negó haber advertido una discrepancia “sustancial” entre lo deliberado y lo finalmente documentado.

La instrucción, señala el juez Passaro, no permitió “constatar” la concurrencia de una voluntad consciente de alterar “la verdad de lo acontecido”. Por lo que “no puede descartarse”, dice el magistrado, que las modificaciones realizadas por el secretario del tribunal obedecieran a lo que él mismo sostuvo: la detección y corrección de “meros errores materiales o aritméticos” en los cálculos efectuados durante la deliberación formal.

“Hipótesis que, en ausencia de elementos objetivos que la desvirtúen, resulta plenamente compatible con un proceder no doloso”, remacha el magistrado. Lo mismo concluye con respecto a la vocal de la comisión.

El auto reprocha, eso sí, el funcionamiento del tribunal. Destaca que, “ciertamente”, la forma en que se desarrollaron fases del proceso selectivo (en particular, la falta de un cierre “formal e inmediato” del resultado de la sesión y su posterior reflejo en el acta) revela “un modo de proceder susceptible de mejora desde la perspectiva de las exigencias de rigor y claridad” exigibles a un órgano colegiado.

Estos hechos, insiste el juez, “no superan el umbral de la irregularidad administrativa” ni incorporan ese “elemento de arbitrariedad” que diferencia la “mera ilegalidad o anulabilidad administrativa del ilícito penal”. Pero ello no excluye, añade, que hubiera sido aconsejable “una mayor precisión formal” por parte de la comisión en “determinados aspectos”.

Canarias Ahora preguntó a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria si prevé adoptar alguna medida para reforzar los procedimientos de actuación de los tribunales de selección, entre otras cosas. La institución solo respondió que, “como en cualquier otra reclamación de plazas o asunto de otra índole, acata la resolución judicial y no se pronuncia”.

En lo que concierne a la adjudicataria de la plaza, Alicia Herrera, a quien la Fiscalía acusaba de un presunto delito de falsedad documental por afirmar en su currículum que era bióloga presentando únicamente un certificado extranjero sin homologar, el magistrado también da carpetazo a este extremo.

La resolución apunta que “las cuestiones suscitadas en torno a la validez, idoneidad u homologación” de Herrera “no alteran la conclusión alcanzada” en el auto y tienen una trascendencia “estrictamente administrativa”, cuya depuración corresponde, en su caso, a la propia ULPGC.

El juez también ve “relevante” que ninguno de los candidatos a la plaza, entre ellos José María Landeira, presentara recurso contra la adjudicación del puesto. Subraya que “optaron por conformarse” con el resultado y que ese comportamiento “resulta coherente” con el hecho de que, a su juicio, las “disfunciones” señaladas constituyan “irregularidades de alcance administrativo” y no “manifestaciones de una actuación penalmente relevante”.

“Errores constatables” que “no pueden obviarse”

La documentación obrante en el propio concurso de la ULPGC reconstruye la controvertida modificación de las notas que ha acabado en los tribunales.

Una resolución de la vicerrectora de Profesorado, Ordenación Académica e Innovación Educativa detalla que el 12 de mayo de 2023, un día después de la deliberación conjunta, la vocal del tribunal detectó un “error de cálculo de medias aritméticas”. El secretario lo confirmó y advirtió, además, de la existencia de otros fallos en la hoja de Excel, por lo que propuso una nueva reunión para corregirlos de forma conjunta.

El presidente del tribunal, sin embargo, se opuso “a cualquier cambio” y sostuvo que debían darse por válidos los primeros resultados. El secretario convocó igualmente al órgano a reunirse el 16 de mayo para “corregir los errores detectados y emitir las actas de valoración conjunta y de propuesta de adjudicación”. Pero el presidente de la comisión no acudió. Tampoco excusó su ausencia “debidamente”, según el informe.

Eso impedía al órgano actuar. Así que el secretario y la vocal realizaron las consultas consideradas “necesarias” a la unidad administrativa de la universidad y elaboraron un acta incidental para reflejar lo ocurrido. Luego se personaron en el Servicio de Personal Docente para entregarla junto con las puntuaciones de los candidatos.

El 23 de mayo, la vicerrectora de Profesorado, Ordenación Académica e Innovación Educativa se reunió con el presidente de la comisión, en un encuentro en el que se acordó que éste examinara la documentación del concurso para constatar los “posibles errores”. El escrito precisa que dicha información permanecía custodiada en el Servicio de Personal Docente y que, además, se le había reenviado un correo electrónico del secretario con “información y documentación relevante”.

Pero “diversos contratiempos” (que no se detallan) impidieron la entrega de la documentación física al presidente del tribunal. Llegado el 26 de junio, un mes más tarde, todavía no se había “hecho cargo” de esos papeles ni constaba “revisión por su parte” de la información remitida de manera telemática. La vicerrectora le pidió entonces que convocara de nuevo a la comisión. La nueva fecha se fijó para el 3 de julio.

Ese día se expidieron las nuevas actas de deliberación conjunta y de propuesta de adjudicación de la plaza de profesora en el área de Zoología a la candidata Alicia Herrera, solo firmadas por el secretario y la vocal.

También se formuló otra acta incidental en la que se reflejaron “los motivos del presidente para no suscribir los acuerdos adoptados por mayoría”. El 5 de julio se entregó “toda la documentación” del proceso selectivo a la Subdirección de Personal Docente.

Ante la “circunstancia totalmente excepcional” de que faltara la firma del presidente, la ULPGC vio “necesario” revisar las actuaciones del concurso para comprobar si se ajustaban a la legalidad.

El Vicerrectorado de Profesorado, Ordenación Académica e Innovación Educativa, dirigido entonces por Cecilia Dorado García, comprobó los archivos y encontró que el primer documento de Excel con las puntuaciones de los candidatos arrojaba “resultados inexactos”.

Según su análisis, algunas de las “anotaciones manuscritas” hechas en papel habían sido introducidas en “la casilla equivocada” y el “uso indebido” de comas o puntos para representar cifras con decimales había provocado un “error de lectura” en la hoja de cálculo. De hecho, esas primeras puntuaciones a mano coincidían con las que figuraban en el Excel “corregido”.

El Vicerrectorado calificó estos fallos como “errores constatables” que “no pueden obviarse”, y cargó contra el presidente del tribunal por no revisarlos.

“No consta que haya efectuado ninguna comprobación personal de los errores expuestos por los restantes miembros de la comisión, lo que le hubiera permitido confirmar o desvirtuar su existencia o trascendencia. No consta tampoco que haya habido alteración alguna de las puntuaciones inicialmente asignadas de forma consensuada a los méritos de cada aspirante por los tres miembros del órgano”, recoge el informe.

La resolución fue avalada por la ULPGC al haberse adoptado por mayoría. Alicia Herrera obtuvo una puntuación de 77,9 puntos. Landeira, de 75,71.

“Todos fueron informados… y todos aceptaron continuar”

El denunciante del caso, el presidente de la comisión, presentó un escrito ante el Juzgado de Instrucción Número 2 de la capital grancanaria en el que pidió que no se archivara la causa, revelando asimismo que “está sufriendo un importante acoso por haber denunciado estos hechos” y solicitando medidas cautelares de protección.

En el texto, sostiene que el propio juez reconoce que el secretario y la vocal del tribunal modificaron las puntuaciones después de la deliberación formal del tribunal, por lo que critica que el magistrado reduzca los hechos a una simple “actuación de carácter técnico y organizativo”.

Añade que “sacar un expediente oficial que debería estar custodiado en la sede del tribunal para presuntamente alterarlo o sustraerlo es, en sí mismo, un presunto delito”. En su opinión, al hacerse fuera de la sede del tribunal y sin la presencia del presidente, “se rompe la cadena de custodia y la transparencia del proceso”.

El denunciante se reafirma en la existencia de tres presuntos delitos: infidelidad en la custodia de documentos, prevaricación administrativa y falsedad en documento público. Indica que las primeras puntuaciones de los aspirantes “coincidieron y fueron contrastadas dentro del tribunal” y que, tras detectar los “errores”, el secretario debía haber tramitado una diligencia de rectificación oficial previa deliberación del órgano. Añade que solicitó la revisión de las nuevas puntuaciones, a lo que, según afirma, se negaron tanto el secretario como la vocal.

Por otro lado, denuncia que “las cuestiones suscitadas en torno a la validez, idoneidad u homologación” de la titulación de Alicia Herrera (que el juez considera de relevancia exclusivamente administrativa), podrían constituir un presunto delito de intrusismo profesional. Según dice, “todos fueron informados en su momento de las irregularidades y todos aceptaron continuar”.

El denunciante rechaza, por último, acudir a la vía contencioso-administrativa porque, a su juicio, la experiencia demuestra que quienes promueven presuntas irregularidades en el ámbito universitario no “sufren consecuencias de ningún tipo”, lo que “alimenta de esa forma la impunidad”, que en este caso concreto “ha llegado a ser extrema”.

“Si no existen consecuencias penales, los equipos rectorales gozan de impunidad para otorgar plazas (dinero público) sin consecuencias. Esto es lo que, una vez más, parece estar ocurriendo”, concluye.

Esta redacción ha remitido mensajes a sus correos corporativos de la universidad de todas las personas que fueron investigadas en esta causa, pero no ha obtenido respuesta de ninguna de ellas.

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