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El Gobierno de Clavijo dice ahora que las actas de la crisis marina de Telde “no existen” tras reclamarlas Transparencia

El consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, Manuel Miranda

Toni Ferrera

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El Gobierno de Canarias se resiste a facilitar información sobre el episodio de contaminación marina registrado en Telde a finales del año pasado, en el que murieron 2.500 toneladas de lubinas en las jaulas de Aquanaria y que provocó el cierre de 17 playas del sureste de Gran Canaria. Las del municipio teldense permanecieron clausuradas cerca de dos meses.

En una resolución firmada el 14 de julio, la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, dirigida por Manuel Miranda (Coalición Canaria), rechaza entregar las actas del Plan Territorial de Protección Civil de Canarias (PLATECA), activado entre el 6 de noviembre y el 19 de diciembre de 2025 (tiempo en que duró la crisis), pese al requerimiento de la Comisionada de Transparencia a principios de este mes.

Transparencia había estimado previamente una reclamación de Canarias Ahora contra otra resolución denegatoria del Ejecutivo regional, que entonces se negó a facilitar esa documentación con el argumento de que su difusión podía perjudicar la investigación abierta por la Fiscalía y el Seprona para depurar responsabilidades.

La Comisionada, sin embargo, fue clara: la jurisprudencia nacional y europea solo permite denegar el acceso a información elaborada de forma específica y exclusiva para un procedimiento judicial, como informes periciales o escritos de defensa. No ocurre lo mismo con documentos de naturaleza “claramente administrativa”, como las actas del PLATECA y los informes elaborados por la propia Administración durante el episodio.

Pero ante el requerimiento de Transparencia, el Gobierno de Canarias, integrado por Coalición Canaria y Partido Popular, sostiene ahora que las actas del PLATECA “no existen” y que tampoco entregará los informes de seguimiento. El Ejecutivo argumenta que estos últimos fueron facilitados a la Guardia Civil el 9 de enero y que, por tanto, “no hay nada que aportar”.

La Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas defiende que el PLATECA es un órgano “estrictamente deliberante, que no adopta acuerdo alguno, ni informe preceptivo o facultativo, ni tampoco se somete a votación un parecer conjunto”.

En su resolución, explica que se trata de un órgano de apoyo con las siguientes funciones: asegurar la coordinación de todos los organismos y administraciones implicadas en la emergencia; dar apoyo técnico para las decisiones del director del plan; encontrar soluciones técnicas a las demandas del incidente; recabar información del centro de coordinación; y analizar y valorar las situaciones de emergencia.

“No existen actas (…) por no tener carácter vinculante alguno para el ejercicio de la dirección del Plan, solo de conocimiento e información, con la consiguiente coordinación entre las administraciones intervinientes”, agrega el Ejecutivo.

El departamento dirigido por Miranda reconoce, no obstante, que las deliberaciones o sesiones sí pueden ser grabadas, pero que son confidenciales. Y admite que se equivocó al no advertir desde el principios que las actas del PLATECA no existían, “lo que debió manifestarse en su momento”.

El Gobierno defiende la ausencia de actas de acuerdo con la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Pero no queda claro que esa norma le ampare.

La Ley 40/2015 recoge en su artículo 20.1 que los órganos colegiados son todos aquellos integrados por tres o más personas a los que se les atribuyen funciones de decisión, propuesta, asesoramiento, seguimiento o control. El comité del PLATECA, al ser un comité asesor y de apoyo técnico, entra de lleno en esta categoría.

La propia Comisionada cita expresamente el artículo 18.1 de la Ley 40/2015, que establece que “de cada sesión que celebre el órgano colegiado, se levantará acta por el secretario”. También recoge jurisprudencia del Tribunal Supremo que señala que las actas de las reuniones de estos órganos no tienen que recoger las opiniones de sus miembros, sino “los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados”.

La ausencia de actas impide conocer qué se debatió en las reuniones del PLATECA mientras las playas de Telde permanecían cerradas por la contaminación marina, calificada por el portavoz de Ben Magec, Eugenio Reyes, como probablemente “el atentado ambiental más importante en medio marino del planeta” en 2025.

Con respecto a los informes de la crisis, la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas hace una interpretación restrictiva de la resolución de la Comisionada de Transparencia. Esta señala que los informes requeridos expresamente por la Fiscalía durante una investigación no tienen por qué ser facilitados, pero sí pueden entregarse aquellos que las administraciones ya hubieran elaborado con anterioridad y de forma independiente al procedimiento.

Pese a ello, el Gobierno ha rechazado facilitar los informes de seguimiento y control elaborados durante el episodio de contaminación marina, que eran “independientes” y procedían de distintas instituciones para aportar información sobre lo ocurrido, según una fuente presente en las reuniones del PLATECA.

La Consejería argumenta que esos documentos fueron entregados a agentes de la Guardia Civil, bajo la autoridad de la Fiscalía, el 9 de enero de 2026, durante una reunión presencial celebrada en la Dirección General de Pesca, en Las Palmas de Gran Canaria. Añade que esa información se incorporó a las diligencias que el Ministerio Público venía desarrollando y concluye que, por tanto, “no hay nada que aportar”.

El profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla Noel Armas considera que el Gobierno de Canarias ha realizado un “cumplimiento ficticio” de la resolución de la Comisionada de Transparencia que le exigía entregar la documentación.

Armas se muestra sorprendido de que un órgano “estrictamente deliberante” como el PLATECA reconozca que no deja por escrito el contenido de sus reuniones y lamenta que “no termine de calar la idea de la transparencia”. Más aún, señala, en un caso relacionado con información ambiental, que cuenta con una protección reforzada y un régimen específico de acceso a través del Convenio de Aarhus y de la Ley 27/2006, que regula los derechos de acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

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