La justicia da la razón a un guardia civil en Tenerife que pedía tener turno de mañana para poder atender a su hijo con autismo
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Santa Cruz de Tenerife ha estimado un recurso presentado por un guardia civil destinado en La Laguna contra una resolución administrativa que le impedía desempeñar su jornada laboral en turno de mañana. La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, considera que dicha resolución no se ajustaba a derecho, ya que al agente se le había negado el derecho a la conciliación laboral que reclamaba para poder cuidar durante las tardes a un hijo con autismo.
Según ha indicado la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), la letrada Begoña Fleitas es quien ha logrado que “se supere esta situación tan injusta que afectaba a un guardia civil destinado en el Subsector de tráfico de Santa Cruz de Tenerife, al que le fue denegada la prestación de servicio en horario de mañana por razones de conciliación de la vida familiar, que sí se le había reconocido en un principio”. La organización explica que el hijo del agente padece un “trastorno generalizado del desarrollo, Espectro Autismo,” se le había reconocido un grado de discapacidad del 75% y “gran dependencia grado III nivel 1”. Además, detalla que esa situación fue posteriormente agravándose al serle diagnosticado “autismo no verbal”, que hace que “precise de atención constante las 24 horas del día y el auxilio permanente para los más elementales actos de la vida cotidiana, y además, para velar por su integridad física y seguridad”.
Los servicios jurídicos de AUGC consideraron que se podría estar incurriendo en una vulneración del artículo 9 CE al no haber variado las circunstancias familiares del recurrente. De hecho, explica, estas no solo no habían cambiado, “sino todo lo contrario”, puesto que el hijo manifiesta “conductas disruptivas que pueden llegar a ser violentas e incontroladas, tanto a sí mismo como a las personas que lo auxilian y que pueden derivar en situaciones comprometidas debido a su gran corpulencia”.
Por otro lado, añaden, podría haberse incurrido también en una violación del principio de interés superior del menor recogido en la Convención Internacional del derecho del niño y la conciliación familiar. “Es un hecho objetivo que el guardia civil tiene una carga familiar de una intensidad excepcional al tener que atender a un hijo declarado gran dependiente, que por limitaciones graves derivadas del autismo que padece no es gobernable por una persona adulta, lo que exige la presencia del padre, además de la madre, sobre todo en los periodos que no permanece en el Colegio de Educación Especial al que acude en horario de mañana”.
Los miembros de la delegación AUGC de Santa Cruz de Tenerife han manifestado en un comunicado su “satisfacción” por la sentencia impuesta cuyo fallo estima el recurso contenciosos-administrativo, anulando la anterior resolución administrativa contraria al agente de la Guardia Civil, así como el reconocimiento del derecho a continuar su servicio en turno de mañana.
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