Una querella consuma la ruptura entre los hermanos Santana Cazorla

Santiago Santana Cazorla, en una declaración en los juzgados. (ALEJANDRO RAMOS)

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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Se consuma la ruptura en el Grupo Santana Cazorla, un histórico poder empresarial ligado al turismo y la construcción en Gran Canaria. El hermano mayor, Manuel, se ha querellado contra el pequeño, Santiago, a quien acusa, entre otros delitos, de organización criminal o de falsedad en documento público.

El enfrentamiento se había enconado en los últimos años hasta el punto de que, en diciembre de 2021, el primogénito de esta conocida familia del sur de la isla había decidido vender sus derechos del holding a la empresa de origen alemán IFA, controlada por el grupo Lopesan, enemigo íntimo desde hace décadas de Santiago. 

La querella fue presentada la semana pasada por el abogado Nicolás González-Cuéllar en representación de 947 MSC Internacional, una compañía que administró Manuel Santana Cazorla, hermano mayor de Santiago, desde su fundación en 2011 hasta finales de 2021. 

El querellante acusa a su hermano y a su sobrino -Alberto Santana- de ejecutar, en connivencia con otro empresario, un procurador, dos abogados, un administrador concursal y una notaria, maniobras ilícitas con la finalidad de controlar, en su propio beneficio y en detrimento del de sus socios, las entidades que conforman el Grupo Santana Cazorla mediante su representación letrada en los concursos de acreedores en los que se encuentran inmersos, entre ellos el del grupo Anfi, principal operador de Europa en la modalidad de vacaciones a tiempo compartido o timesharing, por cuyas prácticas acumula centenares de condenas.  

Santiago Santana Cazorla posee la mitad del capital social del grupo que lleva sus apellidos. La otra pertenece a su hermano Manuel, que vendió los derechos a Lopesan. Los socios se encomiendan a un Consejo de Administración que está formado por cuatro miembros. Un socio designa al presidente y otro al secretario y cada uno tiene, además, un vocal. Un poder de 2011 determina que ciertas decisiones pueden ser adoptadas de forma solidaria (por una de las partes), pero que otras exigen un acuerdo mancomunado entre las dos. 

La querella sostiene que Santiago Santana Cazorla se ha aprovechado de manera “torticera e ilícita” de ese poder para arrogarse la representación (con procurador y abogados) de todo el grupo en los concursos de acreedores (antigua suspensión de pagos) de varias entidades, entre ellas la matriz. El escrito presentado por González-Cuéllar la pasada semana, al que ha tenido acceso este periódico, explica que ese poder se limita a los pleitos “de tráfico ordinario”, pero no es apto para solicitar o instar un concurso de acreedores (para lo que se requiere el acuerdo de las dos partes). Pese a ello, la parte querellada lo usó para personarse en estos procedimientos e impedir que la sociedad 947 MSC Internacional ejerciera sus funciones de “administración y representación” como consejera delegada y liquidadora, “ninguneándola de manera fraudulenta”, agrega el escrito. 

La Audiencia Provincial de Las Palmas acaba de pronunciarse sobre ese poder en un auto dictado el pasado 7 de marzo al que también ha tenido acceso Canarias Ahora. En esta resolución, la Sección Cuarta estima un recurso presentado por las dos sociedades de Manuel Santana Cazorla que forman parte del Consejo de Administración del grupo familiar (947 MSC Inversión Internacional y 959 Oliva Inversión Internacional) contra la decisión de la Presidencia (en manos de Santiago Santana Cazorla) de cambiar de procurador y de abogados en los distintos concursos de acreedores. 

El auto subraya que esa decisión no fue consensuada en el Consejo de Administración (bloqueado por la pugna entre ambas partes) y que el mencionado poder de 2011 es “insuficiente”. Según la Audiencia de Las Palmas, la facultad otorgada al presidente de ese consejo para designar abogados y procuradores no puede interpretarse “en el sentido dejar en sus exclusivas manos la decisión de la estrategia y la postura procesal” del conjunto del grupo, sino como una actuación “meramente instrumental” para ejecutar la voluntad del órgano colegiado. Esto es, esa facultad del presidente se limitaría a nombrar la representación letrada que los miembros del Consejo de Administración han elegido con sus votos.   

La querella acusa, además, al bando de Santiago Santana Cazorla de “fabricar un poder falsario” del grupo que no incluido en el de 2011, para “inventarse una facultad de apoderamiento especial para instar concursos e intervenir en concursos de la que carecían”. 

“Actuaciones escandalosas”

El escrito describe actuaciones que califica de “escandalosas”, “insólitas” y “lesivas de los derechos de los sociedades y favorecedoras de los ilícitos designios de Santiago Santana Cazorla y de su hijo Alberto”. Entre ellas, cita lo ocurrido en el concurso de acreedores de Petrecan, una constructora titular del 2,15% de las participaciones del grupo. En ese procedimiento, los querellados presentaron un incidente para que al propio Santiago Santana Cazorla se le reconociera como ordinario y no como subordinado un crédito de 851.782,27 euros. Es decir, para que tuviera más posibilidades de cobrar esa deuda, ya que los créditos ordinarios se sitúan por delante de los subordinados en la prelación de pagos. 

Según recoge la querella, los mismos abogados que presentaron ese incidente en nombre de Equipo de Diez Gestión, una de las sociedades de Santiago Santana Cazorla, firmaron después el escrito de allanamiento de la concursada Petrecan, aceptando esa pretensión. Sin embargo, la administración concursal se opuso “a tan burda y descarada maniobra” y no la autorizó, por lo que, según los denunciantes, “el intento de estafa procesal quedó en tentativa”. 

Otra de las actuaciones descritas alude a Anfi Resorts y Anfi Sales, dos empresas del grupo dedicadas al lucrativo negocio del timesharing, el aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles de uso turístico. Santiago Santana Cazorla cedió los derechos políticos de sus participaciones (la facultad de intervenir en las decisiones de la empresa) al administrador concursal. Las sociedades de su hermano Manuel se opusieron, pero los juzgados permitieron ese traspaso a través de un auto que ha sido recurrido. 

Para los querellantes, esto sucedió “lisa y llanamente porque los querellados se han arrogado su representación mediante un poder notarial falso” que “ha despojado del poder de decisión que legalmente corresponde (a las sociedades de Manuel Santana Cazorla) en relación con los derechos políticos del grupo”. El escrito sostiene que para ello usaron un “subterfugio·, consistente en adjudicárselo a un administrador concursal que ”lejos de actuar con la neutralidad exigible, se encuentra absolutamente volcado en la defensa de los intereses particulares de Santiago Santana Cazorla y su hijo“. 

El tercer y último episodio que relata la querella tiene que ver con Isla Marina, una empresa perteneciente a Lopesan, que no figuraba en el listado de acreedores incluido en la solicitud de concurso ni en su contabilidad pese a tener un crédito de reconocimiento forzoso de cinco millones, uno ordinario de 3,1 millones y uno subordinado de 3,4. 

Los delitos atribuidos en la querella a Santiago Santana Cazorla, a su hijo, a otras seis personas y a dos empresas son falsedad en documento público, administración desleal, delito societario de imposición de acuerdos lesivos, delito societario de impedimento de participación del socio en la gestión y el control de la actividad social, falsedad contable, deslealtad profesional, estafa procesal y organización criminal.

Este periódico ha intentado contactar con la parte querellada para conocer su versión, pero hasta ahora no ha obtenido respuesta. 

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