El vicealcalde de Mogán irá a juicio por adjudicar 16 contratos 'a dedo' a su socio del despacho de abogados

Mencey Navarro, concejal de Urbanismo de Mogán.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

1

El primer teniente de alcalde de Mogán, Mencey Navarro (Ciudadanos por el Cambio – Ciuca), irá a juicio por adjudicar a su antiguo socio del despacho de abogados un total de 16 contratos menores para la defensa jurídica del Ayuntamiento. El magistrado titular del Juzgado de Instrucción 3 de San Bartolomé de Tirajana, Francisco Javier Ramírez de Verger Vargas, ha transformado las diligencias previas en procedimiento abreviado, el paso anterior a la apertura de la vista oral, al apreciar en la actuación del número dos de Onalia Bueno en el Consistorio sureño indicios de la comisión de un delito de prevaricación administrativa. 

También han sido procesados Julián Artemi Artiles (PSOE), que fue concejal de Hacienda en Mogán durante el mandato 2015-2019 y que, en la actualidad, ejerce como asesor de Deportes en el Cabildo de Gran Canaria, y David Chao, secretario accidental de la corporación local. En cambio, el juez ha archivado provisionalmente la causa contra el abogado beneficiado por esos contratos, Miguel Rodríguez Ceballos, al no considerar válidas las diligencias que practicó con el objetivo de esclarecer la participación de este letrado en los hechos investigados.  

El juez ha dado un plazo de diez días a las partes (defensa, Fiscalía y acción popular, ejercida por Isabel Santiago, concejala de Nueva Canarias en el municipio) para que formulen el escrito de acusación o soliciten el sobreseimiento de la causa. 

Los contratos fueron suscritos en un lapso de apenas 17 meses, los que transcurrieron entre noviembre de 2015 y marzo de 2017. Mencey Navarro ostentaba competencias en el área de Asesoría Jurídica del Ayuntamiento. Las adjudicaciones se formalizaron a través de decretos y por un importe siempre inferior a los 18.000 euros, el límite que en aquellas fechas fijaba la Ley de Contratos del Sector Público para los contratos menores de servicios (ahora es de 15.000). 

Según el auto, los concejales y el secretario municipal rubricaron esos contratos “a sabiendas de su ilegalidad”, ya que suponían un “fraccionamiento fraudulento de los negocios jurídicos con ánimo de esquivar las normas establecidas”. En la denuncia que propició la apertura de este procedimiento penal, el fiscal Manuel Santos ya advirtió de la posible comisión de un delito de prevaricación continuada. El representante del Ministerio Público sostenía que el Ayuntamiento de Mogán debió celebrar un contrato global de asistencia jurídica para todos sus pleitos y no pagar por cada uno de ellos de forma individualizada. La Ley de Contratos del Sector Público impide a las administraciones trocear servicios con un mismo objeto para adjudicarlos a dedo y evitar sacarlos a concurso público de manera que las personas o empresas interesadas puedan concurrir a la licitación y presentar sus ofertas. 

“La defensa jurídica de un ayuntamiento no puede considerarse como un contrato a celebrar para cada uno de los juicios que tenga el ayuntamiento, sino que, conforme a lo señalado en el Informe 30/12 de la Junta Consultiva de Contratación de la Administración del Estado, tal defensa es una unidad funcional que exige la celebración de un contrato único, más aún cuando todos los contratos menores se están adjudicando al mismo letrado”, exponía esa denuncia. 

El juez remarca que el adjudicatario de esos contratos, Miguel Rodríguez Ceballos, “fue compañero de práctica” de Mencey Navarro en el despacho profesional Ceballos & Navarro. En su denuncia inicial, la Fiscalía sostenía que el primer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Mogán infringió el deber de abstención por esa relación personal con el abogado contratado. 

Archivo de la causa contra el abogado

Miguel Rodríguez Ceballos no ostentó la condición de investigado desde la apertura de las diligencias, sino que fue imputado después de que el juez declarara compleja la causa y la prorrogara al haber transcurrido el plazo de seis meses que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establecía en ese momento (ahora es de un año) para concluir la instrucción de los procedimientos penales. El abogado investigado pidió con posterioridad que se anularan las diligencias practicadas después de esa prórroga, al entender que la decisión de ampliar la investigación era extemporánea, ya que había sido acordada cuando habían pasado tres meses y medio desde la finalización del periodo estipulado para finalizar la instrucción. 

Tanto el magistrado instructor como la Audiencia de Las Palmas habían rechazado en sendos autos la pretensión de Rodríguez Ceballos de anular esa prórroga y las sucesivas y, en consecuencia, las actuaciones judiciales que tuvieron lugar a partir de ese momento (aportación de documentos, declaración de testigos, la propia imputación del abogado...) 

Ahora, sin embargo, el juez alude al artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que versa sobre el vencimiento de los plazos y las prórrogas a la instrucción, para determinar la invalidez de todas las diligencias practicadas con el objetivo de aclarar la participación de Rodríguez Ceballos en los hechos presuntamente delictivos. Así, “a la vista del estado de las actuaciones y, en especial, de las prórrogas sobre la duración de la investigación”, acuerda el archivo provisional de la causa contra este imputado. 

En un escrito remitido al juez instructor hace ya un año, en mayo de 2021, el socio de Mencey Navarro había solicitado también la apertura de dos piezas separadas. La primera, para investigar los 95 contratos menores concedidos a un mismo despacho de abogados en el mandato anterior (2011-2015) por parte del gobierno municipal, entonces liderado por el PP. La segunda, para ampliar la causa e imputar un delito de revelación de secretos a la funcionaria que denunció el caso ante la Fiscalía Anticorrupción, la anterior responsable de los servicios jurídicos de la corporación, por adjuntar, entre la documentación que remitió al Ministerio Público, un correo electrónico que remitió una tercera persona a Rodríguez Ceballos y en el que, por tanto, esta trabajadora pública “no estaba incluida”. Con respecto a este último asunto, el juez descarta abrir una pieza separada porque se trataría de un delito “no conexo”, pero da traslado a la Fiscalía “por si interesase la deducción de testimonio” para estudiar esa denuncia. 

síguenos en Telegram

Etiquetas
stats