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El Gobierno de España aumenta a cuatro meses el periodo sin intereses de los aplazamientos de impuestos para pymes y autónomos
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto-ley que incluye varias medidas tributarias que buscan, entre otros aspectos, mitigar el impacto de la pandemia en el tejido productivo español dotando de liquidez a pymes y autónomos, dos colectivos fundamentales para la economía española.
En concreto, el decreto de hoy aumenta de tres a cuatro meses el periodo sin intereses en los aplazamientos que pymes y autónomos pueden solicitar del pago de sus obligaciones tributarias.
En total, el aplazamiento podría alcanzar los seis meses, lo que implica que más de la mitad del periodo de aplazamiento no soportaría ninguna exigencia de intereses para esos contribuyentes.
El decreto aprobado hoy introduce las adaptaciones necesarias para la presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades a la realidad provocada por la pandemia. Y por eso, se permite que aquellas sociedades que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales antes de que termine el plazo de declaración del Impuesto sobre Sociedades puedan presentar la declaración con las cuentas anuales disponibles en ese momento.
Si posteriormente, cuando hayan podido aprobar las cuentas anuales, la declaración resultante es diferente a la ya presentada, se establece un régimen especial para permitir presentar en esos casos una segunda declaración hasta el 30 de noviembre, que en caso de resultar un ingreso superior no supondrá la aplicación de recargos por la presentación fuera del plazo ordinario.
Otra medida recogida en el decreto permite retrasar excepcionalmente en 2020 la publicación de la denominada lista de deudores de la Agencia Tributaria. Con carácter general este listado debe publicarse en el primer semestre de cada año, ampliándose en 2020 como máximo hasta el 30 de septiembre en atención a la emergencia sanitaria que se ha producido.