El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Gobierno de Page contra la Ley de Amnistía
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad que el Gobierno de Castilla-La Mancha presentó en octubre de 2024 contra la Ley Orgánica aprobada meses antes por el Ejecutivo de Pedro Sánchez para la normalización institucional, política y social en Catalunya, denominada como 'Ley de Amnistía'.
La sentencia aplica la doctrina establecida en resoluciones anteriores del Tribunal, como la que avaló esta normativa del Gobierno de manera parcial y que ya resolvió las principales cuestiones de constitucionalidad planteadas respecto de la Ley de Amnistía.
En relación con la impugnación de la ley en su conjunto, la sentencia se remite a la doctrina conforme a la cual de la Constitución no se deriva una prohibición de amnistiar. Asimismo, recuerda que el legislador no incurrió en arbitrariedad al aprobar esta Ley y que, por tanto, “no vulnera la reserva de jurisdicción ni los principios de separación de poderes, solidaridad e igualdad territorial y seguridad jurídica”.
El Tribunal desestima igualmente la alegación que el Gobierno de Castilla-La Mancha hizo referente a que el Estado carezca de competencia para aprobar una ley de amnistía. La sentencia señala que los recurrentes “no suscitan una verdadera controversia competencial ni identifican competencia autonómica alguna que hubiera resultado vulnerada”, sino que reiteran la tesis de que la amnistía “solo podría incorporarse al ordenamiento mediante una previa reforma de la Constitución”.
Asimismo, rechaza que la ley vulnere las competencias que la Constitución atribuye al Rey y al Gobierno en materia de derecho de gracia.
No es “exigible” un acto del Rey refrendado por el Gobierno
Concretamente, la sentencia recuerda que la amnistía y el indulto son “instituciones distintas” y que, por su propia naturaleza, la amnistía solo puede ser establecida mediante una ley aprobada por el Parlamento, “sin que resulte exigible” un acto del Rey refrendado por el Gobierno para su concesión o aplicación.
El Tribunal también descarta que la ley “menoscabe” las funciones constitucionales del Ministerio Fiscal. Razona que la imposibilidad de ejercer la acción penal respecto de los hechos amnistiados es “una consecuencia inherente a la extinción de la responsabilidad penal acordada por el legislador”,
El Gobierno castellanomanchego presentó este recurso de inconstitucionalidad en octubre de 2024 después de que en julio de ese mismo año el Consejo de Gobierno le diera luz verde, tras un informe del Consejo Consultivo a requerimiento del presidente regional.
Este es uno de los muchos frentes que Emiliano García-Page tiene abiertos con el Gobierno de Pedro Sánchez, que van desde una demanda judicial para exigir las nuevas reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura, hasta el modelo de financiación autonómica y la petición de elecciones generales anticipadas.