La Fiscalía y la UCO reclaman al juez que investiga a la pareja de Ayuso que permita el análisis de su información tributaria
La Fiscalía Anticorrupción ha advertido al juez Antonio Viejo, que investiga al novio de Isabel Díaz Ayuso por delitos de corrupción en los negocios y administración desleal, de que es necesario que permita a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil acceder a la información tributaria y de la Seguridad Social de Alberto González Amador y del resto de investigados. En caso contrario, considera que se genera “un perjuicio al interés público” y que se alargará “innecesariamente” la instrucción.
En esta pieza separada, el magistrado del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid investiga tanto a González Amador como al directivo de Quirón Fernando Camino y a su esposa María Gloria Carrasco al entender que el novio de Ayuso pudo pagar “una comisión encubierta de casi medio millón de euros” al directivo a través de su esposa. La Fiscalía sospecha que ese “soborno” se habría abonado a través de la compra que realizó como administrador único de su empresa Maxwell Cremona SL de las participaciones de Círculo de Belleza SL (que pertenecía a Carrasco). Al adquirirla, cambió el nombre de dicha sociedad por el de Masterman & Whitaker Medical Supplies & Health Process Engineering SL.
El juez acordó el acceso a determinadas cuentas bancarias de los investigados y rechazó que la UCO profundizara en datos tributarios y de la Seguridad Social. Pero Anticorrupción, en un recurso interpuesto ante la Audiencia Provincial de Madrid, adelantado por la Cadena Ser y al que ha tenido acceso elDiario.es, explica que no es suficiente.
A esa postura del Ministerio Público se ha unido incluso el propio González Amador. Su defensa, en un escrito al que ha tenido acceso este diario, no se opone a esa diligencia, es más indica que “su deseo” es que se acelere al máximo esa velocidad procesal para “poder poner fin al procedimiento y a los usos extraprocesales que del mismo se efectúan”. “Esta parte no se opone a que se proceda conforme impulsa el Ministerio Fiscal, y que se practiquen los requerimientos a la Seguridad Social y a la AEAT y se ponga su resultado a disposición de la Fuerza Actuante a la mayor velocidad posible”.
Para González Amador, esta pieza separada “es utilizada por la acusación popular (PSOE) como herramienta de su comunicación política de forma sincronizada a cada incidencia judicial que le afecta (esto es, de forma diaria), a costa de la continua lesión de los derechos fundamentales de los ciudadanos llamados a esta pieza”.
El fiscal, en su recurso, explica que no tiene sentido no realizar el requerimiento a la Agencia Tributaria porque “ya se ha autorizado la medida indagatoria más invasiva de la intimidad económica de los investigados”, que es el examen de sus movimientos bancarios en España. Por eso, no entiende que no se requiera esa información que es menos invasiva y que, además, ya está en manos del Estado. Y suma a esto que “no contar con la información tributaria dificulta enormemente el cumplimiento de la encomienda que se le ha realizado” a la UCO de indagar en la naturaleza de esa compra.
El recurso del fiscal del caso recoge un párrafo literal del oficio de la UCO, que resalta que “desde un prisma policial se considera de gran relevancia el contar con la información tributaria que pudiera aportar la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre las diferentes personas físicas y jurídicas que participarían en los hechos investigados”. Califica de “indispensable” contar con las dos vertientes, la bancaria y la tributaria, porque son “informaciones complementarias cuyo análisis debe efectuarse de forma conjunta, en tanto en cuanto es relevante observar las similitudes y, sobre todo, las diferencias que puedan observarse”.
Buscan poder determinar “la existencia de flujos no declarados o la detección de flujos que no se correspondan con la realidad observada a través de los productos” investigados. En definitiva, indicaba la UCO en su oficio, tener acceso a la información tributaria les permitiría tener un enfoque contextualizado de las diferentes transacciones, y por tanto indican que es “fundamental contar con la información que pudiera aportar la AEAT”.
Por último, el fiscal explica que diferir a un momento posterior la solicitud de información a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, “información que ya se sabe que va a ser necesaria, porque así lo ha puesto de manifiesto la unidad policial investigadora especializada”, genera un perjuicio al interés público y a los investigados. Y eso porque “alarga innecesariamente la duración de la instrucción del procedimiento”.
Esta pieza separada se desgajó en 2024 de la pieza principal, en la que pareja de Ayuso está imputada por dos delitos fiscales en concurso con falsificación de documentos.
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