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Proanimal pide que se declare inconstitucional la edad mínima para cazar en la región

La asociación Proanimal Castilla-La Mancha ha registrado ante el Defensor del Pueblo una solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra la reforma de la Ley de Caza que el Gobierno regional aprobó recientemente y que se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) el 26 de marzo. La organización considera inconstitucionales los artículos 33.1, que hace referencia a la constitución del coto de caza, y el 17.2, que alude a la edad de los menores para la obtención de la licencia de caza.

El primero de los artículos señala que la constitución del coto de caza se puede llevar a cabo a petición de “quienes acrediten fehacientemente el arrendamiento, cesión o cualquier otro negocio jurídico por los que se posean los derechos sobre, al menos, el 60 por ciento de la superficie para la que se solicita el acotado, por un tiempo no inferior al de duración del Plan de Ordenación Cinegética exigido para la declaración”. Esto permite que puedan incluirse en cotos privados de caza los derechos cinegéticos de hasta el 40% de terrenos respecto de los que no se posean dichos derechos. Esto significa que puedan incluirse en los mismos terrenos de propietarios que no hayan cedido sus parcelas para ese fin.

Supone esto, según Proanimal, una “expropiación de los derechos cinegéticos a los propietarios de las fincas en favor de quienes pretendan constituir un coto privado de caza”. Y esto “conlleva una limitación del derecho de propiedad”, consagrado en el artículo 33 de la Constitución española y regulado en los artículos 348 y siguientes del Código Civil.

Por su parte, el artículo 17.2 establece que “para obtener por primera vez la licencia de caza de Castilla-La Mancha es necesario tener 14 años cumplidos”, por lo que vulneraría el artículo 96 de la Carta Magna en relación con la adopción del Tratado Internacional de las Naciones Unidas sobre la Convención sobre los Derechos del Niño y los artículos 15 y 39 de la Constitución española.

Proanimal Castilla-La Mancha explica que, al establecer la posibilidad legal de obtener licencia de caza desde los catorce años y antes de que se adquiera la mayoría de edad, la norma permite que los menores entren en “riesgo objetivo para su vida e integridad física”, puesto que en la caza se portan armas, incluidas las de munición letal, y se producen accidentes e incluso muertes de los propios cazadores.

Este hecho, para la asociación, colisiona con la obligación de “velar por el interés superior del menor” que contraen las administraciones públicas de acuerdo con el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y con la de velar por la salvaguarda de la vida e integridad física de los menores, recogida por el articulado de la Constitución.