Castilla y León declara la alerta por riesgo extremo de incendios entre el 11 y el 13 de agosto
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado este lunes la resolución de la Consejería de Medio Ambiente y Energía por la que se declara la situación de alerta por riesgo meteorológico -entre Muy Alto y Extremo- de incendios forestales los días 11, 12 y 13 de agosto en Castilla y León.
Las predicciones más actualizadas para estos días indican un cambio desfavorable en cuanto al peligro de incendios forestales, ya que sobre la Comunidad se posicionará una dorsal anticiclónica que provocará altas presiones en altura y en superficie, lo que hará aumentar las temperaturas, con máxima de 34 a 36 grados.
Además, bajarán las humedades relativas, con mínimas inferiores al 10 % y máximas críticas menores al 40 % en la mitad sureste, bajando del 30 % en el Sistema Central de Ávila y Segovia.
Y se esperan vientos medios máximos y rachas con intensidades de 20-35 km/h y 35-45 km/h respectivamente, además de tormentas locales.
Por todo ello, la Junta ha indicado que el índice de peligro de incendios forestales estará en Extremo el día 11 de agosto, y entre Muy alto y Extremo el miércoles 12, para volver a Extremo el jueves 13 en prácticamente toda Castilla y León.
Además, debido al estrés hídrico que acumula la vegetación y con un combustible vivo que se encuentra en plena disponibilidad para arder, sumado a viento y condiciones atmosféricas convectivas, los incendios se prevén con comportamientos extremos, tras las cinco olas de calor que se han tenido durante la campaña.
De acuerdo con los índices relacionados con el peligro de incendios forestales manejados tanto por la propia Aemet como por el Operativo de Prevención y Extinción este episodio mantendrá la probabilidad de ignición y de la capacidad de propagación del incendio en niveles altos, lo que incrementa el peligro.
Por todo ello, la Junta de Castilla y León declara la situación de alerta por riesgo meteorológico de incendios en la Comunidad los días 11, 12 y 13 de agosto, con medidas preventivas extraordinarias en cuanto al uso del fuego y para la lucha contra los incendios forestales.
De este modo, está prohibido encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello; también el uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.
Quedan suspendidas todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado; se prohíbe la introducción y uso de material pirotécnico, y se suspenden las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 metros que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores o radiales.
Quedan exentos de esta prohibición el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, siempre y cuando hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se realicen conforme a las medidas establecidas por estos, o aquellas otras en que expresamente haya sido autorizado su uso o que resulten necesarias para la extinción del incendio.
La resolución de la Junta produce efectos desde las 0.00 horas del 11 de agosto hasta las 23.59 del 13 de agosto.