Desestimado el recurso de Francisco Esgueva, empresario de la Trama Eólica que recibió 31,6 millones de Iberdrola

Laura Cornejo

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La Audiencia Provincial de Valladolid ha desestimado el recurso de apelación de otro empresario de Valladolid presuntamente beneficiado por la Trama Eólica, Francisco Esgueva, e imputado además en otro caso de corrupción. En un auto de 15 de octubre al que ha tenido acceso elDiario.es, la Sala rechaza todos y cada uno de los argumentos de Esgueva para archivar la causa contra él. Esgueva esgrime que el auto que da fin a la instrucción y transforma la causa en procedimiento abreviado, paso previo al juicio oral, “está totalmente inmotivado y no fija los hechos punibles” que se le imputan. “De todo el relato que se efectúa, no resultan claros ni especificados cuales son los hechos que se pretende imputar”, dice la defensa de Esgueva.

La Audiencia Provincial recuerda que cuando se resolvió el recurso de reforma contra el auto del pasado 9 de marzo, ya en ese auto se pusieron de manifiesto los hechos que afectan a Francisco Esgueva y que “parten de la consideración de una actuación concertada” con el exviceconsejero de Economía y principal acusado del caso, Rafael Delgado “para lograr le fuera transferida la participación en diversos parques eólicos mediante la imposición a sus originales promotores”.

La Sala relata así las operaciones económicas que se atribuyen a Esgueva y señala que el empresario, a través de su sociedad, Industrias San Cayetano, SL., recibió el 20 de enero de 2005 la cantidad de dos millones de euros de la sociedad Iberdrola Energías Renovables, “formalmente a modo de préstamo pero, en realidad, encubriendo un anticipo del pago en que podría consistir el delito de cohecho por el que también se encuentra investigado su hermano Alberto” - el principal beneficiario de la Trama-, y siguió recibiendo pagos“ que en 2007 sumaron 9,9millones, en 2008 17,3 millones y en 2009, 2,4. El total de los pagos satisfechos por Iberdrola suman 31,6 millones. Supuestamente, estos pagos se derivan de la venta de las participaciones de la empresa que constituyeron con Iberdrola para que la eléctrica, al estar asociada con un empresario local, recibiese la autorización de la Junta de Castilla y León.

Culpa a su hermano Alberto, también encausado

Argumenta también la defensa que se le atribuyen operaciones que, de ser delitos, habrían prescrito. Algo que también rechaza la Sala. Pero el abogado, siguiendo con el argumento de la prescripción, añade que no hay pruebas de la participación de Francisco Esgueva a partir de 2006, ya que a partir de ese momento, la actividad la realizó su hermano Alberto. “Todas las demás actividades realizadas desde entonces por San Cayetano División Internacional, S.L., Intercatia, S.L., San Cayetano Wind, S.L., lo son pero de su titular Don Alberto Esgueva, quien ha recibido los beneficios de su legítima actividad, tal y como consta en las actuaciones de la Agencia Tributaria, y por supuesto Francisco es ajeno totalmente a las operaciones de Cronos Global, S.L., en la que nunca participó”, dice el letrado.

El tribunal responde que, aparte de que la prescripción no se aprecia, lo que ha de dilucidarse es “no si en los autos hay prueba concluyente de la realidad de los hechos denunciados y de la participación en ellos del denunciado, sino si de la realidad de aquellos y de la participación de éste hay en la causa aquellos indicios mínimos bastantes que reclama el auto de imputación, sin que pueda el instructor entrar en consideraciones probatorias ni adelantar conclusiones en tal orden ya que es al juzgador, y no a aquel, a quien corresponde, tanto la valoración de las pruebas que hayan de practicarse”.

El fiscal atribuye a Francisco Esgueva un delito continuado de cohecho por el que solicita una multa de 60 millones de euros, seis años de prisión e inhabilitación.