Deniegan la ayuda social a una madre maltratada que rechazó un contrato indefinido a tiempo parcial por uno completo

El Servicio Vacso de Empleo ha denegado la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) a una madre maltrada porque cesó de manera voluntaria en un trabajo indefinido a tiempo parcial para poder trabajar en su otro empleo a jornada completa, aunque precario. La RGI le ayudaría a completar el salario y tanto ella como los tres hijos que tiene a su cago cuentan ódenes de alejamiento de padre como víctimas de violencia de género. El Defensor del ueblo Vasco-Ararteko ha recomendado a Lanbide que revise su resolución dado que la reclamante “cumple los requisitos para ser titular de la Renta de Garantía de Ingresos” a pesar de dejar de manera voluntaria, “pero justificada” uno de sus dos empleos a tiempo parcial de carácter indefinido.

Según el Ararteko, la reclamante ha acreditado que la baja voluntaria del segundo de sus empleos a tiempo parcial, que consta en su certificado de vida laboral previo a su solicitud de RGI, está justificada. “No solo mejoró su situación laboral y económica, sino también sus expectativas futuras de empleo y su situación personal a efectos de conciliación familiar, punto a tener en cuenta por el bien de los tres menores que tiene a cargo en un contexto de violencia y orden de alejamiento”. Así, “las mejoras son palpables cuantitativa y cualitativamente”.

La normativa para conceder la RGI, Lanbide fija como requisito para darse de baja voluntaria de un empleo e iniciar otro tener un informe de orientación laboral. En este punto, el Ararteko recalca que “la rapidez con la que se produjo el cambio de un contrato de trabajo a otro pudo ser una circunstancia a tener en cuenta para no llevar a cabo este requisito formal, que en ningún caso puede desvirtuar el espíritu de la norma reguladora de la RGI”.

El meollo de la cuestión es el artículo 9.8 del Decreto 147/2010, de 25 de mayo de la RGI que establece como requisito para ser beneficiario de ella “hacer valer con carácter previo a la finalización de la instrucción del expediente todo derecho o prestación de contenido económico que le pudiera corresponder a la persona titular o a cualquiera de las personas miembros de la unidad de convivencia”. Y aquí el Ararteko también es contundente: “La reclamante no ha dejado de hacer valer ningún derecho de contenido económico renunciando a uno de sus dos trabajos a tiempo parcial de dos horas diarias y cinco horas los sábados en dos municipios distintos para optar a un trabajo a jornada completa en un solo municipio de más horas y sueldo”.

Lanbide no ha tomado en consideración las nuevas circunstancias laborales de la reclamante cuando, en opinión del Ararteko, el aceptar el empleo a jornada completa, aunque sea temporal por el momento, es una mejora clara de condiciones labores. Teniendo en cuenta en su situación de monoparentalidad con tres menores a cargo y las dificultades relativas a la conciliación laboral, en un contexto de violencia de género y orden de alejamiento.

El Ararteko ha elaborado varias resoluciones en las que se analiza la denegación de la RGI por el mismo motivo y siempre ha llegado a la misma conclusión, una interpretación 'excesiva' de la norma que va más allá del espíritu con el que nació la RGI.