La normativa contra la transparencia de PP y Vox facilita maniobras urbanísticas como las del alcalde de Ibiza

Nicolás Ribas

1 de junio de 2026 17:24 h

0

Hace dos años, PP y Vox convirtieron las Balears en la primera autonomía en eliminar un organismo público anticorrupción –únicamente Catalunya, Comunitat Valenciana, Andalucía y Navarra cuentan con órganos de este tipo–. El fin de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción trajo consigo otro cambio en la ley promulgada por Marga Prohens: las declaraciones de bienes de los cargos públicos quedan depositadas en el Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos. El principal cambio respecto a la normativa anterior es que ahora tienen “carácter reservado”, es decir, que la información deja de ser pública.

La restricción que la ley permite en cuanto al acceso a las declaraciones de bienes patrimoniales puede dificultar la capacidad de fiscalización de los cargos públicos en casos como el de Rafael Triguero (PP), alcalde de Eivissa, quien está bajo el foco mediático debido a una operación urbanística que perseguía, presuntamente y según denuncia la oposición, obtener irregularmente una vivienda de precio limitado (VPL).

Bajo la normativa anterior, los cargos públicos tenían la obligación de declarar todo su patrimonio. Es decir, debían informar de manera completa sobre todos sus bienes (propiedades o dinero), derechos (por ejemplo, participaciones o créditos), deudas y también sus actividades económicas o profesionales. Esta información, además, era accesible para la ciudadanía a través de la web de la Oficina. La nueva ley, en cambio, es discrecional: cada administración, de acuerdo a su régimen normativo, “deberá comunicar motivadamente al Registro qué campos de información contenidos en la declaración de los cargos públicos deben hacerse públicos”, como figura en el artículo 10.5.

En el caso de Triguero, presentó la declaración de bienes patrimoniales el 17 de junio de 2023, cuando tomó posesión como alcalde, como se puede comprobar en el registro. La última actualización sobre su patrimonio data del 12 de agosto de 2025, cuando publicó la declaración de la renta del ejercicio de 2024. En el portal de transparencia municipal, las declaraciones de la renta están mayoritariamente actualizadas al año 2022, según aparece en la web. Es decir, cuando el socialista Rafa Ruiz (2015-2023) era todavía alcalde de Eivissa. En el caso de las declaraciones patrimoniales, están actualizadas al momento en que los concejales tomaron posesión o cesaron de su cargo, como se puede comprobar.

Por otro lado, si se buscan las declaraciones de la renta de otros cargos públicos –algunos de ellos muy importantes–, se puede comprobar que se han presentado, pero ya no son accesibles a través del nuevo Registro de Transparencia. Y no lo son porque la nueva norma indica claramente que tienen “carácter reservado”, a diferencia de la anterior.

En cualquier caso, la declaración de bienes patrimoniales de Rafael Triguero no está actualizada, pues en ella no figuran sus últimas operaciones inmobiliarias. Tras las consultas de este diario, el Ajuntament d’Eivissa responde que las declaraciones de bienes patrimoniales no quedan depositadas únicamente en el registro del Parlament, sino que “cada institución puede acordar publicarlo también en sus propios portales de transparencia”. Por ello, señalan que las declaraciones patrimoniales del alcalde y de los concejales del Gobierno municipal están publicadas. En este sentido, el Ajuntament no considera que haya habido un retroceso en materia de transparencia y rendición de cuentas respecto al modelo anterior.

Operación inmobiliaria

El alcalde de Eivissa está en el punto de mira por haber realizado una operación urbanística que perseguía, presuntamente y según denuncia la oposición, obtener irregularmente una vivienda de precio limitado (VPL), como informó elDiario.es. La estrategia habría consistido en transformar una oficina en una vivienda de precio limitado en un barrio del eixample de la ciudad. Para presuntamente esquivar las limitaciones que introdujo el Ejecutivo autonómico para beneficiarse de una VPL, Triguero cedió el 50% del local-vivienda y de otra casa suya a sus hijos menores (25% a cada uno de ellos) mediante un pacto sucesorio antes de supuestamente mudarse al nuevo inmueble, según la documentación a la que accedió este diario. De este modo, además, su pareja podría alquilar o vender otro piso del cual es 100% titular en el mismo bloque.

Una VPL es una figura creada por la ley balear de vivienda que permite convertir locales y oficinas en viviendas con límites de precio y requisitos de acceso para ampliar la oferta residencial. A diferencia de una VPO o vivienda protegida tradicional, no forma parte de un régimen clásico de promoción pública. “En todo momento he cumplido la ley escrupulosamente. No he adquirido, ni tampoco se me ha adjudicado, ni una vivienda pública ni tampoco una vivienda protegida”, aseguró Triguero. Tanto el Ajuntament d’Eivissa como la Conselleria de Vivienda del Govern defienden que no aprecian irregularidades hasta el momento en el modo en que Triguero ha reconvertido un local comercial en vivienda de precio limitado.

Triguero y su pareja compraron, al 50% cada uno, una oficina en una urbanización de Can Misses, según consta en la escritura firmada el 4 de junio de 2025. El inmueble, de casi 100 metros cuadrados, dispone además de una terraza descubierta de 45 metros cuadrados y otra con jardín de 76. Para adquirirlo solicitaron una hipoteca de 208.000 euros con vencimiento el 4 de junio de 2045. En caso de ejecución hipotecaria, el valor fijado para una eventual subasta asciende a 366.814 euros.

El 22 de diciembre de 2025, el alcalde de Eivissa cedió el 50% del local a sus dos hijos menores mediante un pacto sucesorio, una fórmula que permite adelantar la herencia en vida en Balears. Cada uno recibió el 25% de la propiedad. Meses después, el 19 de marzo de 2026, Triguero y sus hijos solicitaron el cambio de uso de local a vivienda, según la documentación a la que accedió este diario. Pese a la cesión, Triguero mantiene el control sobre el inmueble. El pacto sucesorio le reserva “la facultad de disponer” y el derecho exclusivo de gestión hasta que sus hijos cumplan 35 años. Los menores no pueden vender, hipotecar, alquilar, donar ni dejar en herencia su parte de la propiedad.

El alcalde también es propietario de otro piso de 70 metros cuadrados en Eivissa, adquirido en 2012. El mismo día en que cedió parte del local-vivienda a sus hijos, realizó la misma operación con este inmueble, entregando el 25% a cada uno de ellos y reservándose las mismas facultades de control. Por su parte, la pareja de Triguero es propietaria al 100% de otra vivienda situada en el mismo bloque donde ambos compraron la oficina posteriormente convertida en vivienda. Se trata de un piso de 94 metros cuadrados con una terraza de 12.

El local-oficina obtuvo la licencia de primera ocupación, que otorga el Ajuntament d’Eivissa, el 6 de marzo de 2026, según denunció el PSOE ante el IBAVI, dependiente de la Conselleria de Vivienda del Govern. En la misma denuncia, a la que accedió este diario, se explica que en abril de este año Triguero y su pareja se fueron a vivir al nuevo piso, pese a no reunir presuntamente “los requisitos necesarios para ser beneficiarios”. Asimismo, la pareja del alcalde procedió a alquilar la vivienda de la que es titular al 100% y que está en el mismo edificio, según los socialistas.

Qué dice la ley

La ley autonómica 3/2024 indica que para poder acceder a una vivienda de precio limitado “en cualquiera de las modalidades de acceso” el beneficiario “no podrá ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre más de un 50% de alguna vivienda libre o sometida a algún régimen de protección”.

El local fue adquirido por Triguero y su pareja al 50%. Ambos poseían, el 4 de junio de 2025, el 100% de otra vivienda. El 22 de diciembre de 2025, Triguero utiliza la fórmula del pacto sucesorio (herencia en vida) para repartir el local y su otra vivienda, al 50%, a sus dos hijos menores (cada uno de ellos posee, desde entonces, el 25%). El cambio de uso de local a vivienda se solicitó el 19 de marzo de 2026. El objetivo era quedarse presuntamente con el 50% y así cumplir, sobre el papel, con este requisito legal. Sin embargo, el alcalde tiene el control total de ambos pisos.

Cuando se le pregunta al Ayuntamiento si, a raíz de las informaciones recientes sobre el alcalde, el nuevo marco normativo puede generar una percepción de menor control o sobre posibles conflictos de interés o situaciones patrimoniales de relevancia pública, responde que “el alcalde no es beneficiario de ninguna vivienda VPL”. “Es propietario, y de hecho aún no es ni una vivienda VPL porque aún está en proceso de registrarse y constituirse como tal, dentro de plazo”. “Beneficiario sería si viviera en ella” aseguran las fuentes y añaden que “no es el caso”.

Los argumentos que da el Ejecutivo local es que Triguero no es beneficiario de una VPL. “Él compró un local, y lo está transformando en vivienda”, afirman. Las fuentes consultadas añaden que el alcalde ya ha anunciado que, cuando se complete el procedimiento, la vivienda pasará al mercado de alquiler a precio limitado. “Es decir, técnicamente ha creado una vivienda nueva a partir de un local”, puntualizan. “Y esa vivienda estará en alquiler a un precio limitado por ley y para siempre”. “Lo que ha hecho realmente es aumentar la vivienda disponible a precio razonable en el municipio”, señalan. En conclusión, el Ayuntamiento cree que la actual legislación, con la que están cumpliendo, es suficiente para garantizar la transparencia y el control sobre el patrimonio de los cargos públicos.

Este diario también se ha puesto en contacto con fuentes del Govern, a quienes se ha consultado si el modelo actual supone un retroceso en materia de transparencia y rendición de cuentas, y qué mecanismos consideran actualmente suficientes para garantizar la transparencia y el control público sobre el patrimonio, una vez eliminada la Oficina Anticorrupción. Estas fuentes manifiestan que, desde el primer día, se han preguntado si la Oficina Anticorrupción “se dedicaba realmente a luchar contra la corrupción”.

“No vio nada en el caso del exalcalde de Sant Josep, que fue detenido por causas urbanísticas, por ejemplo”, señalan. Señalan, además, que la Oficina archivó “todas las causas que tenían que ver con el anterior Govern (progresista) de forma sistemática” y que este organismo público se utilizó “para atacar exclusivamente a miembros de lo que entonces era el principal partido de la oposición”, es decir, del Partido Popular. Del mismo modo, recuerdan que 13 de las 17 comunidades autónomas no tienen oficinas anticorrupción y que existe toda una legislación en materia de transparencia que “evidentemente cumplimos, además de la existencia del propio portal de transparencia”.

“Este Govern confía en la Fiscalía, la Intervención General y la Sindicatura de Comptes como organismos independientes y mecanismos de control para los ciudadanos y para las administraciones de las Illes Balears”, señalan las mismas fuentes.