El Constitucional permite a la lista de Sastre concurrir a las europeas

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Permite así que esta lista, encabezada por el dramaturgo Alfonso Sastre, pueda presentarse a las elecciones cuya campaña comenzó anoche.

La resolución, adoptada por unanimidad, señala que el Tribunal Supremo habría basado la anulación de la candidatura en “indicios de los que sólo puede desprenderse la asunción de una ideología política, pero en ningún caso la realidad de una trama defraudatoria al servicio de una organización terrorista o de formaciones políticas vinculadas al terror”. La decisión supone un duro varapalo a las tesis defendidas tanto por la Fiscalía como por el Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, que defendieron que la lista de II-SP (coalición de comuneros e Izquierda Castellana), era una mera sucesión de la ilegal Batasuna.

Los seis magistrados que componen la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, presidida por Guillermo Jiménez, destacaron que “aún admitiendo que el designio defraudador de ETA y el de Batasuna les hubiera llevado a pretender la orquestación de una candidatura electoral a su servicio, lo cierto es que ninguno de los elementos objetivos y subjetivos utilizados por la Sala abonan en los términos constitucionalmente exigibles la idea de que esta pretensión se haya materializado, precisamente, con la candidatura presentada por la coalición recurrente”.

En concreto, el Constitucional considera que, al anular la candidatura de II-SP, el Tribunal Supremo vulneró el derecho de los componentes de la lista a acceder a los cargos públicos en condiciones de igualdad (art. 23.2 de la Constitución). El ponente de la sentencia ha sido el magistrado Eugenio Gay.