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Opinión - ¿Y ahora qué? Por Marco Schwartz

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

El Constitucional dice que no se vulneraron los derechos en la licencia de obra del Algarrobico

EFE

Almería —

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El Tribunal Constitucional no ha admitido a trámite el recurso presentado por Salvemos Mojácar en relación con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declaró legal la licencia de obras del hotel de El Algarrobico, al entender que no se ha vulnerado ningún derecho fundamental.

En una resolución a la que ha tenido acceso Efe, el Tribunal Constitucional (TC) dice que, “dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental en amparo, violación que es condición para que este tribunal pueda ejercer dicha tutela”, no revisará la sentencia de julio de 2014 que declaró conforme a derecho la licencia de obras del hotel.

En un comunicado, Salvemos Mojácar ha anunciado que recurrirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos tras el archivo del recurso de amparo, al considerar que el Constitucional “se limita a rechazar el recurso sin explicación alguna, sin motivación, lo que vuelve a causar indefensión”.

En este sentido, recuerda que dicho recurso alegaba que “no se había respetado el derecho a la tutela judicial efectiva de ninguna de las partes personadas, porque se había declarado legal la licencia de obras sin pasar a analizar el fondo de la cuestión”.

En concreto, Salvemos Mojácar defendía que el hotel “invade la servidumbre de costas de 100 metros y que está construido dentro del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar”.

La sentencia del TSJA declaraba que la licencia de obras era legal porque era conforme con la normativa urbanística del Ayuntamiento de Carboneras, que declara los terrenos como urbanizables y con una servidumbre de protección de 20 metros, recuerdan los ecologistas.

Sin embargo, Salvemos Mojácar considera que este fallo “no tuvo en cuenta que esa normativa municipal es nula de pleno derecho por contravenir la Ley de costas y el Plan de Ordenación de los Recurso Naturales del Parque de Cabo de Gata-Níjar, que son normas de rango superior”.