La portada de mañana
Acceder
Sánchez impulsa una regeneración que incluye una reforma del Poder Judicial
La fumata blanca de Sánchez: cinco días de aislamiento, pánico y disculpas al PSOE
Opinión - ¿Y ahora qué? Por Marco Schwartz

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

La UE deberá pronunciarse sobre sanciones ya retiradas a supuesto terrorista

EFE

Bruselas —

0

El Tribunal de Justicia de la UE decidió hoy obligar al Tribunal General a pronunciar sentencia sobre el caso de Abdulbasit Abdulrahim, quien solicitó ser retirado de la lista de personas cuyos fondos deben ser congelados por estar asociadas a Osama Bin Laden, aunque su nombre ya no conste en este listado.

Abdulrahim fue incluido en la lista de la UE a raíz de que Naciones Unidas tomase medidas similares por su supuesta participación en actividades de recaudación de fondos en nombre del Grupo Libio de Lucha Islámica (Libyan Islamic Fighting Group, LIFG) y haber ocupado puestos de responsabilidad en dicha organización.

El afectado, que según medios de comunicación británicos es de esa nacionalidad y vive en el Reino Unido, negó su vinculación a Bin Laden o Al Qaeda e interpuso un recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea (UE) para pedir que se anulara la medida.

Alegó que ni el Consejo ni la Comisión habían explicado las razones de su inclusión en la lista, que no se le había informado de los hechos que se le imputaban y que no se había escuchado su versión.

Asimismo, sostuvo que la medida de congelación de los fondos vulneraba su derecho de propiedad y su derecho a la vida privada y era desproporcionada.

Mientras el Tribunal General estudiaba el caso, el Consejo de la UE decidió eliminar su nombre de la lista porque la ONU hizo lo mismo con su listado, por lo que la corte consideró que ya no era necesario continuar el proceso.

Abdulrahim recurrió esta decisión ante el Tribunal de Justicia de la UE, al considerar que el proceso sí debía continuar, puesto que con la eliminación de su nombre de la lista no se reparaba el daño causado a su reputación.

La máxima instancia judicial europea ha reconocido que la congelación de fondos tiene una amplia repercusión en la vida profesional y familiar y constituye un obstáculo a su libertad para celebrar actos jurídicos.

Admite además que estas medidas llevan consigo el oprobio y la desconfianza social y por tanto, a pesar de la supresión de su nombre de la lista, persiste el interés de Abdulrahim en que la justicia europea reconozca que nunca debería haber sido incluido en ella.

Concluye en definitiva que efectivamente el Tribunal General cometió un error de derecho al no continuar el proceso y reenvía el caso a esta institución para que pronuncie sentencia.

La ONU incluyó a Abdulbasit Abdulrahim en su lista de personas vinculadas con actividades terroristas el 21 de octubre de 2008 debido a su asociación con el LIFG y por “participar en la financiación, planificación, facilitación, preparación o perpetración de actos o actividades junto a, bajo el nombre de, en representación o en apoyo” de esa entidad.

Abdulrahim, que en los años 90 vivió en Arabia Saudí, era un “socio cercano” de miembros del LIFG en el Reino Unido, según señaló entonces la ONU.