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Abogadas de Sevilla impugnan la votación que evitó llamar Colegio de la Abogacía al Colegio de Abogados: “Fue una chapuza”

Javier Ramajo

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El Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla (ICAS) continuará con su actual denominación después de que este lunes se votara en Junta General Extraordinaria mantener el actual nombre de la institución y no sustituirlo por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Sevilla siguiendo las indicaciones del Estatuto General de la Abogacía, de marzo de 2021 y que, en su artículo 2, dice que “la organización colegial de la Abogacía se integra por el Consejo General de la Abogacía Española, los Consejos Autonómicos y los Colegios de la Abogacía”. Una docena de abogadas ha firmado un escrito de impugnación, leído en el propio acto de la Junta General Extraordinaria y al que se adhirieron 66 compañeros y comperas, donde exigen “que se cumpla el mandato de adaptación de los estatutos recogido” en aquel Real Decreto 135/2021, en el que ya se alude a los colegios de la Abogacía y no a colegios de abogados.

Pese a que más de 30 Colegios de Abogados pasan a denominarse Colegios de la Abogacía “con el objetivo de fomentar la igualdad de género”, el Colegio de Abogados de Sevilla señala en su web que “la opción de mantener el nombre a Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla ha sido votada por una amplia mayoría de los/as colegiados/as asistentes a la Junta General Extraordinaria” después de que “desde la Junta de Gobierno del Colegio se ha querido evaluar el sentir del colectivo antes de plantear cualquier modificación de un nombre con más de 300 años de historia y sondear la postura generalizada”.

La impugnación alude también al propio acuerdo de la junta de gobierno del Colegio de 24 de junio de incluir en el orden del día de la Junta General Extraordinaria la votación de la denominación del Colegio puesto que en el citado Real Decreto 135/2021 ya está “estipulado”, así como en las normas deontológicas del Consejo General de la Abogacía, que datan de marzo de 2019. En ese sentido, detalla el escrito que el nuevo Estatuto General de la Abogacía se aplica desde el 1 de julio de 2021, otorgando un año para que los colegios adopten sus estatutos al nuevo, “que ya contiene la denominación colegios de la abogacía y que deroga el Real Decreto 658/2001 que solo se refería a colegios de abogados”.

“Nadie presentó su acreditación colegial”

“Fue una auténtica chapuza y un despropósito. La votación no habría siquiera que haberla hecho, aunque ellos alegan que el Consejo General de la Abogacía recomienda y no obliga al cambio, pero no tenían por qué haberlo sometido a votación. Nadie presentó su acreditación colegial, los votos fueron a mano alzada, el recuento fue entre risas y contabilizaron a varias personas a la vez, no se hizo distinción del hecho de que el voto del colegiado ejerciente vale doble que el del no ejerciente, etc.”, resume a elDiario.es Andalucía María Jesús Correa, una de las letradas que suscribe el escrito y que fue la encargada de leer la impugnación en la Junta General, que aprobó el nuevo estatuto del Colegio.

Otra fuente presencial, no precisamente afín al pretendido cambio de denominación del Colegio, hace la siguiente crónica: “Antes de iniciar la asamblea, los proponentes, entre aplausos de los fieles y allegados debidamente agrupados y aleccionados, leyeron un manifiesto y solicitaron la adhesión al mismo a los asistentes y advirtieron que la recurrirían en todo caso porque el cambio de denominación es imposición legal, etc. O sea, democracia participativa si estás de acuerdo con lo que mi ideología piensa que es correcto, si no, esto es lo que hay. El resultado fue abrumador en contra pero... creo que si recurren ganan, porque la votación fue un cachondeo a mano alzada y recuento a la antigua por zonas y, por ejemplo, llegué a ver a uno de los de la propuesta votar dos veces, a favor y en contra. Menos garantías que la votación de un delegado de clase”.

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