El Gobierno restringirá más la construcción en zonas inundables

El cambio climático ha cambiado las reglas de juego. La mortífera DANA del 31 de octubre de 2023 hizo patente que las inundaciones generadas por las, cada vez más, lluvias torrenciales exigen una preparación que se había retrasado. El Ejecutivo ha revisado la normativa de inundaciones para restringir el urbanismo en zonas inundables, instar a los municipios a adaptarse y generar conciencia en la población.

El nuevo decreto, ahora en elaboración, modifica las reglas sobre qué hacer en áreas no construidas y también con lo ya edificado, ya que décadas de urbanismo descontrolado han agravado los efectos de riadas como las vividas en Valencia y Albacete hace dos años. “Endurece el régimen de construcción”, resumen fuentes del Ministerio de Transición Ecológica.

El Gobierno calcula que unos 2,7 millones de personas viven en zonas de peligro de inundación de las que 700.000 lo hacen en áreas de alto riesgo. Es un desastre natural que, en promedio, se ha cobrado entre 20 y 25 vidas anuales. Y el Consorcio de Compensación de Seguros ha abonado más de 12.000 millones de euros en indemnizaciones por inundaciones entre 1987 y 2024.

Con este decreto, las reglas serán diferentes según el suelo esté encima de una zona de flujo preferente o en zona inundable ordinaria. También es distinto si el terreno es rural o urbanizado.

En las zonas denominadas de flujo preferente —las de mayor riesgo cuando se produce una riada— el decreto prevé que si se trata de suelo rural, no pueda transformarse ya nunca en suelo urbanizable a menos que sea para crear protecciones frente a las avenidas.

En caso de que sea suelo ya urbanizado no se permitirán nuevos usos residenciales, es decir, promociones de viviendas, además de impedirse la construcción de garajes, sótano o cualquier dependencia bajo la rasante.

El resto de zonas inundables, en el suelo rural tampoco estarán permitidas nuevas viviendas o infraestructuras y en la parte ya urbanizada las nuevas casas tendrán que estar construidas de manera que estén un metro por encima de la cota de inundación cuya probabilidad sea de un 0,2% en un año. “No se admiten garajes subterráneos, sótanos y cualquier edificación bajo rasante”, repite.

Sobre las viviendas u otras construcciones ya levantadas, el decreto pretende que se adapten a la nueva situación de peligro de avenida. Elementos “sencillos” como barreras o válvulas antiretorno en los inodoros (para que el agua no acceda a la vivienda por esa vía, la más habitual) pueden defender estas construcciones, señalan en Transición Ecológica.

Los ayuntamientos tendrán cinco años para adaptar su planeamiento urbanístico a las nuevas normas. “Es un tiempo razonable”, apostillan en el Ejecutivo. Si no se actualizan, “las demarcaciones hidrográficas informarán negativamente sobre cualquier actuación”.

“Prevemos que el decreto sea aprobado definitivamente en Consejo de Ministros en esta legislatura”, afirman desde el Ministerio justo cuando se inicia el periodo de información pública, previo al dictamen del Consejo de Estado y más adelante del visto bueno el Gobierno. “En torno a un año”, han resumido las mismas fuentes.

La norma va a recoger que los dueños de inmuebles en zonas inundables tengan la obligación de informar a posibles compradores de cuáles son las características de ese inmueble. “Para que puedan tomarse decisiones plenamente informadas”, aclaran en el Ministerio. La idea es que una casa, una nave, unos pisos situados en áreas peligrosas tienen un valor, un precio, diferente si los potenciales compradores conocen esa situación de riesgo.

Más medidas

El decreto no se limita a la parte urbanística. Otro de los aspectos que recogerá es que los municipios hagan un plan, no de protección civil, que ya deben estar redactados, sino de adaptación al riesgo. “No se trata solo de evacuar a la población, sino una organización previa para que los edificios estén mejor preparados”, explican fuentes de Transición Ecológica.

En este sentido, los Ayuntamientos tendrían que tener preparadas ordenanzas para cuando los avisos de la Agencia Estatal de Meteorología hagan prever avenidas. “Que se puedan cerrar colegios o centros comerciales o que estos edificios públicos deban disponer de barreras temporales”.

Una de las medidas que llama la atención es la posibilidad de lo que en el Ministerio han llamado “pagos por servicios ambientales”. Se trata de que los dueños de terrenos privados —sobre todo agrícolas— puedan recibir una indemnización porque esos terrenos hagan las veces de freno de las avenidas, que laminen el agua para que pierda velocidad y esa agua no produzca una riada violenta. “No hace falta expropiar, basta con pagar ese servicio”, rematan.