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El Supremo insiste a Batet en que Alberto Rodríguez está condenado a prisión y debe dejar el Congreso
El Tribunal Supremo se ha dirigido a Meritxell Batet, presidenta del Congreso, para recordar que Alberto Rodríguez ha sido condenado a pena de cárcel e inhabilitación de sufragio pasivo, aunque la primera haya sido sustituida por una multa. La sala de lo penal presidida por Manuel Marchena ha contestado así a la petición de aclaración de la presidenta de la cámara baja apuntando a que el diputado de Unidas Podemos debe dejar su acta: una condena de cárcel implica que es considerado inelegible aunque el Supremo no lo dice de forma explícita en su escrito.
Después de explicar que el Supremo no puede aclarar sus sentencias si no es a petición de las partes, los jueces explican que la condena de 45 días de cárcel de Rodríguez ha sido sustituida por una multa pero sólo a efectos de su ejecución. “La pena de prisión es es el desenlace punitivo asociado a la conducta que se declara probada, sin perjuicio de que a efectos de su sustitución - y sólo a estos exclusivos efectos - se haya acordado su sustitución por una pena de multa”, dice el escrito remitido al Congreso a través de la presidencia del Supremo.
Informa Alberto Pozas.