El Juzgado exige la “total” e inmediata demolición del Mamotreto de Las Teresitas

Imagen aérea de la zona del barranco de Las Huertas y la playa de Las Teresitas, con el edificio del Mamotreto

Noé Ramón

Santa Cruz de Tenerife —

El Juzgado de lo Penal númer 5 de Santa Cruz de Tenerife ha emitido el pasado día 17  un contundente auto en el que recurre una vez más a los subrayados y las mayúsculas para dejar claro que el Ayuntamiento debe procede a “la inmediata” demolición de la “totalidad” de edificio de aparcamientos y centro comercial situado al inicio de la playa de Las Teresitas conocido como mamotreto.

El auto es nuevamente de una rotundidad que deja poco lugar a las elucubraciones y rechaza la pretensión municipal de paralizar la ejecución de la sentencia hasta que se apruebe el Plan Especial de Las Teresitas. Ésta era la última estratagema a la que había recurrido el grupo de gobierno para no derribar la polémica construcción diseñada por el arquitecto francés, Dominique Perrault. El argumento utilizado es que en este planeamiento se ubican unos aparcamientos aunque sea de forma indicativa.

Sin embargo, en el auto se indica que en no existe normativa urbanística aprobada o de inmediata aprobación que permita la legalización de parte del edificio que no invade la servidumbre de protección. Y es que el propio Ayuntamiento reconoce que el Plan Especial aún está en fase de estudio y de redacción de trabajos preliminares.

“Luego la hipotética aprobación resulta tan futura como incierta, además de no depender en absoluto de la voluntad de la Corporación local”. El auto rechaza la petición municipal de suspender la ejecución de la sentencia ya que los plazos para aprobar el documento son “absolutamente inciertos”.

Por lo tanto, se concluye que ante la inexistencia de una normativa aprobada o de previsible aprobación en un futuro inmediato que pudiera dar cobertura legal al edificio y no pudiendo depender del cumplimiento de sentencias firmes de previsiones o indicaciones orientativas debe estar al cumplimiento del pronunciamiento principal de la sentencia que obliga al derribo total.

Al respecto se recuerda que casi dos años después de que el fallo judicial sea firme, el Ayuntamiento aún no puede garantizar una fecha para la aprobación del plan especial con el que se pretende esta legalización, pese a que los informes jurídicos municipales también descartan este extremo.

Además, se rechaza el intento de la Corporación municipal de personarse en este procedimiento judicial, con el fin de defender el patrimonio municipal, tal y como pretendía. En este caso, se indica que nunca se ha dudado de la titularidad del inmueble pero que esta circunstancia no es suficiente para permitir su personación en este procedimento. Hay que recordar que han sido condenados tres exconcejales y otros tantos técnicos, con penas de cárcel y la obligación de pagar de su bolsillo el derribo, cuyo dinero adelantará el Ayuntamiento que también deberá efectuar la demolición.

La juez, Beatriz Méndez recuerda que los diversos autos emitidos desde que la sentencia es firme han tenido como único objetivo conseguir la colaboración del Ayuntamiento, lo que hasta ahora no parece haberse conseguido. En cuanto al argumento de la convencia social o económica que implica la demolición, utilizada por el Ayuntamiento, la juez se limita a recordar que su competencia es juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, quedando para otro tipo de instituciones ese tipo de valoraciones.

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