Marta Pulgar, gerente de Viviendas de Asturias: “Aquí no echamos a nadie. No estamos ante un caso como el de Maricarmen”

Pilar Campo

Oviedo/Uviéu —

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La gerente de Viviendas del Principado de Asturias (VIPASA), Marta Pulgar, ha descartado que el alzamiento por el que se hará efectivo el desahucio de Cristina B., una mujer víctima de violencia de género y su hija, de nueve años, de su vivienda pública del grupo de Alicia Concepción Álvarez, en Roces (Gijón/Xixón), tenga algún paralelismo con la situación de Maricarmen, de 87 años, desalojada por Urbagestión de la casa de Madrid donde llevaba residiendo toda la vida. La orden de desahucio de Asturias está programada para la próxima semana.

“Ni en Vipasa, ni a través de la dirección de la propia Consejería de Vivienda se echa a nadie que no pueda pagar por una cuestión involuntaria. Este hecho lo demuestra precisamente que tenemos a más de 2.000 familias en lo que nosotros llamamos 'el protocolo de impagados', donde se renegocian la deuda y la renta para que todo el mundo pueda adaptar el pago de las deudas de alquiler a su situación económica y social en momentos puntuales y determinados”.

Concentración en Oviedo/Uviéu

Vipasa ha rechazado así la versión ofrecida este viernes por los representantes del Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Asturias, Amnistía Internacional, el Sindicato Unitario y Autónomo de Trabajadores de la Enseñanza de Asturias (SUATEA) y el Sindicato de Vivienda de Asturias, quienes aseguran que Cristina B. está en una situación de “vulnerabilidad”.

Los portavoces han anunciado la convocatoria de una concentración mañana sábado, a las 19:00 horas, en la plaza de la Escandalera, en Oviedo/Uviéu, en solidaridad con Cristina B., para tratar de paralizar el desahucio en defensa de su derecho a una vivienda.

“Es un impago voluntario”

La gerente afirma que hay una voluntad expresa desde el Principado para que las personas tengan “todas las facilidades posibles para que cuando les vengan mal dadas puedan seguir cumpliendo con sus obligaciones de poder pagar el alquiler”.

Marta Pulgar advierte de que hay una diferencia clara entre el caso de Maricarmen, en Madrid, y el de Cristina en Gijón/Xixón, ya que en el caso de la primera siempre hizo frente al pago del alquiler. Por contra, en el caso del desahucio que está programado en Asturias el procedimiento responde a “un impago voluntario continuado de las obligaciones contractuales, que la propia arrendataria vinculó a sus dificultades económicas, después de años de intervención de Vipasa, los servicios sociales y programas especializados”.

Cinco años de deudas

En el caso concreto de Cristina B., según expone, hubo “múltiples y variadas intervenciones”, de forma que se activó el protocolo de impagados. La vivienda fue adjudicada en septiembre de 2019 por emergencia social y se estableció una renta adaptada de 67,02 euros mensuales, a la que había que añadir la cuota de comunidad.

Sin embargo, en el año 2021 comenzaron los impagos voluntarios, por lo que Vipasa activó su protocolo, realizó requerimientos y en febrero de 2022 alcanzó un compromiso de pago de 20 euros mensuales, además de la renta corriente, que posteriormente “fue incumplido”, según señala Marta Pulgar.

Activado el protocolo

“Ante la persistencia de los impagos voluntarios, se trasladó el caso a los servicios sociales -relata- y se activó, a través de Innovación Social, el Programa de Intermediación Comunitaria y Socioeducativa de TRAMA”.

“La causa del procedimiento judicial es el impago voluntario, no las circunstancias personales de la arrendataria”, ha reiterado la gerente, quien recuerda que “el procedimiento judicial es el último paso de un proceso que comenzó varios años antes”.

El caso llegó a los tribunales

La demanda de desahucio se presentó en mayo de 2023 y durante su tramitación se dio traslado del caso a los servicios sociales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón y a los organismos autonómicos competentes.

Tres años después ya hay sentencia. El Tribunal de Instancia dictó una resolución, el 24 de abril de 2026, por la que declara resuelto el contrato por impago voluntario. La resolución acuerda el desahucio y señala que la situación de vulnerabilidad alegada “no constituye causa de oposición al desahucio por impago voluntario”.

Recuperación de la vivienda

La demanda recogía 22 recibos pendientes de renta, comunidad y suministros, por 3.644,32 euros. “La propia demandada reconoció durante el procedimiento los impagos voluntarios y los vinculó a su situación económica”, ha añadido Marta Pulgar.

Desde Vipasa se incide en que la demanda no acumulaba una reclamación de cantidad, sino que perseguía la recuperación de la vivienda por incumplimiento contractual.

Otras alternativas

La gerente mantiene que se ofrecieron alternativas para evitar el lanzamiento: “Se han estudiado diferentes propuestas de acuerdo a lo largo del procedimiento”.

Marta Pulgar aclara que, en octubre de 2024, se planteó un pago inicial de 500 euros y 30 euros mensuales y, en abril de 2026, otro de 1.000 euros, la mensualidad corriente y 70 euros adicionales al mes.

Sin acuerdo

“Vipasa había planteado asimismo estudiar una suspensión temporal del procedimiento si se abonaba el 50% de la deuda y se firmaba un compromiso de pago y de mejora de la convivencia. No es cierto que no se hayan planteado alternativas. Las hubo, pero no se alcanzó un acuerdo que permitiera garantizar el cumplimiento futuro de las obligaciones contractuales”, ha puntualizado.

Marta Pulgar recalca que en estos momentos a Vipasa le consta que Cristina B. tiene unos ingresos “acreditados” de 1.200 euros y, pese a ello, ha incumplido con su obligación de hacer frente a los pagos.

Otras denuncias

Paralelamente, TRAMA realizó durante 2025 y 2026 contactos, visitas domiciliarias, citaciones e intervenciones en las zonas comunes y con la comunidad. Según la versión aportada a elDiario.es Asturias por la gerente de Vipasa, el expediente recoge “quejas vecinales por ruidos, música a elevado volumen, discusiones, gritos y depósito de bolsas de basura y otros enseres en zonas comunes, así como algunas intervenciones policiales”.

Vipasa insiste en que estos problemas de convivencia no son la causa jurídica del desahucio, que deriva del impago voluntario, aunque motivaron también la intervención de la Administración para proteger los derechos del conjunto de residentes.

Las normas de convivencia

Marta Pulgar advierte que en estos casos también hay que proteger el derecho de las familias que “viven alrededor” y que una vivienda pública debe garantizar “tanto el derecho a un hogar como el respeto a las obligaciones contractuales y las normas básicas de convivencia”.

“También hay que proteger el derecho de las familias que viven alrededor. Una vivienda pública no puede convertirse en un espacio en el que se ignore sistemáticamente el derecho de los demás vecinos a descansar, convivir y disfrutar de las zonas comunes”, ha resaltado.

Una sentencia recurrible

La gerente de Vipasa ha explicado que la actuación desarrollada durante estos años en relación a este caso se resume de la siguiente manera: “se adjudicó una vivienda de emergencia social, se estableció una renta adaptada a los ingresos, se activó el protocolo de impagos, se realizaron requerimientos y propuestas de acuerdo, se intervino desde los servicios sociales, se trabajó durante meses desde TRAMA para abordar los problemas de convivencia y, finalmente, se acudió a los tribunales cuando las vías anteriores no permitieron resolver la situación”.

Además, ha destacado que la ejecución del lanzamiento corresponde a la autoridad judicial, que la sentencia es recurrible y que cumplirá las resoluciones que “adopten los tribunales”.