El blog de Carlos Sosa, director de Canarias Ahora
No hay informe de la Abogacía del Estado
Las circunstancias del incidente en el que se vio envuelto esta profesora del Heidelberg son, a juicio de Eligio Hernández, determinantes para evaluar si lo ocurrido en junio en la autovía de Tafira fue un delito o una infracción administrativa. Se podrán imaginar que el letrado de la señora, aún reconociendo que ésta conducía de manera temeraria, sostiene que no iba a una velocidad excesiva, ni iba drogada o bajo los efectos del alcohol, que no opuso resistencia, que todo fue producto de un despiste y “eso no es delito”... Por lo tanto, ni debió ser condenada ni debió ser detenida. “Si se sabe quién es, dónde vive y que no hay riesgo de fuga, se le cita a juicio y ya está”, enfatizó. De paso, lanzó una crítica directa a las sentencias de conformidad en España, que son aceptadas por los imputados en un momento de tensión, con el apercibimiento de que, de no hacerlo, pueden sufrir condenas mayores, “con unas precarias garantías”... De ahí que crea factible su recurso de amparo ante el Constitucional. Pero el centro de las tesis del herreño giran en torno a las competencias policiales, punto en el que niega que exista un informe de la Abogacía del Estado dando la razón al Cuerpo Nacional de Policía. “He preguntado y nadie me da referencias de ese informe”, dijo este jueves.
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