El blog de Carlos Sosa, director de Canarias Ahora
Revolcón tirajanero
Escondidos debajo de la mesa hasta que pase el chaparrón. De esa guisa deberían estar en estos momentos los letrados o letradas de los servicios jurídicos del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana que hayan tenido que ver directa o indirectamente con un recurso que acaba de ser contestado por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Se nos han quedado cortos los habituales apelativos de “revolcón”, “rapapolvo” o “meneo”, porque lo que el ponente de ese auto escribe no es nada de eso, es una humillación indigna siquiera de un estudiante de primero de Derecho. Que un abogado pagado por el erario público tenga que leer en un auto judicial que “parece no haberse leído la sentencia cuya nulidad pretende” pasa de castaño oscuro. Que el magistrado en cuestión, Javier Varona, le llegue a reprochar que haya alegado en su recurso aspectos que no incluyó “ni en la contestación de la demanda, ni en fase de prueba o conclusiones ni en las alegaciones de oposición al recurso de apelación”, lo deja con los glúteos bastante desguarnecidos. Y que le restriegue por las narices que su escrito es “una profusión de sentencias que ninguna relación guardan con los derechos fundamentales que se invocan como vulnerados, ni se precisa en qué consiste la vulneración” es directamente de película de Cantinflas. Claro que debemos entender que el firmante de ese guiñapo jurídico (que es el estado en que ha quedado tras este auto el recurso en cuestión) ha actuado siempre movido por unos muy particulares hilos políticos que lo han obligado a hacer literalmente el ridículo. El Ayuntamiento, por merecimiento propio, se lleva su correspondiente ensalada de tortas en el mismo auto del magistrado Varona. Así, el juez le recrimina que haya presentado incidente de nulidad de sentencia porque “el resultado al que se llegó [en la sentencia que se pretendió anular] es contrario a sus tesis” y “se descubre el intento vano de utilizar este mecanismo procesal excepcional para volver a plantear la misma cuestión ya resuelta en sentencia, y con ello lograr el éxito de las pretensiones originariamente pretendidas”. Pero la tarascada es mucho mayor.
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