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Condena contra Fundescan y UGT por despido improcedente

El juzgado de lo social número seis de Santa Cruz de Tenerife ha dado la razón a los trabajadores de la Fundación Canaria para el Desarrollo Social (Fundescan), dictaminando que ésta es parte del sindicato UGT Canarias y exhortando al mismo al pago de las indemnizaciones oportunas -45 días por año trabajado al tratarse de “despidos improcedentes”- o a readmitir a sus trabajadores con sus condiciones originales.

El juez afirma que UGT y Fundescan son “una misma cosa” y pone de manifiesto que incluso “buena parte” de los patronos de esta organización son miembros de la Comisión Ejecutiva de UGT en Canarias. Asimismo destaca que “algunos miembros de la Comisión Ejecutiva aparezcan como asalariados” de la Fundación Canaria para el Desarrollo Social.

La sentencia asegura además que “no cabe duda a estas alturas” que ha existido “una deficiente gestión” de Fundescan que ha determinado su crisis económica y que ha obligado a tomar decisiones, entre ellas, las del despido de la plantilla. En este contexto, el juez destaca el “protagonismo” de UGT y califica de “revelador” que “ante la situación creada, es el propio sindicato el que reconoce el error e intenta resolverlo”.

Por último, afirma el magistrado, el “comportamiento” de UGT y el Servicio Canario de Empleo (SCE) ?las dos instituciones demandadas, junto al Fondo de Garantía Salarial- han incidido “directamente” en la causa de extinción de la relación laboral.

La causa del fin de esta relación viene producida por la “delicada situación económica” por lo que tal perjuicio para la parte social “no debe repercutir sólo en la empleadora formal, sino también en UGT Canarias, que frente a la apariencia de independencia, ha organizado una realidad jurídica y empresarial única para con los trabajadores demandantes”, recoge la sentencia.

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