Condenan a un banco por no informar bien de un producto

El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Las Palmas de Gran Canaria dictó hace varios días una sentencia sobre swaps obtenida por los servicios jurídicos de Ausbanc en Canarias en la que declara la nulidad de dos contratos, un Clip Bankinter 07 12.2 y un Clip Bankinter TOP Tunel 8.8.

Ambos fueron suscritos entre una empresa y Bankinter y condena a esta entidad financiera a devolver las cantidades cobradas a la empresa cliente en concepto de liquidaciones trimestrales y de cancelación anticipada. En ambos casos, el motivo de aceptar los argumentos de la demandante se centra en que ésta no fue informada adecuadamente del producto que contrataba.

Según se indica en la sentencia, “a falta de una información correcta y adecuada sobre las características de una permuta financiera de tipos de interés que la demandada (Bankinter) estaba obligada a proporcionarle, cuando la demandante prestó su consentimiento para la celebración del contrato lo hizo sin ser consciente del verdadero significado y alcance de aquello a lo que se obligaba”.

Por este motivo el juez asume que este consentimiento se da “ sin conocer las implicaciones del producto que contrataba y del verdadero riesgo”, ya que su único interés consistía “en disponer de un instrumento de cobertura que le asegurase frente a una subida del tipo de interés”.

Los clips son un producto financiero que protegen al cliente de la subida de los tipos de interés, sin embargo, cuando el Euríbor baja, éste debe abonar al banco la diferencia con el valor real de este índice, según el tipo de interés pactado en el contrato

La comercialización engañosa de permutas financieras, swaps y clips ha dejado a miles de afectados, que han sufrido en sus patrimonios el impacto de cuantiosas pérdidas por liquidaciones e indemnizaciones por cancelación anticipada a favor de bancos y cajas causado por estos productos, que les fueron vendidos como un seguro frente a la subida de tipos.

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