Madrid recurre la constitucionalidad de las reglas del FROB
MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
El consejero de Economía y Hacienda, Antonio Beteta, informó hoy de la presentación por parte de la Comunidad de Madrid de un recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto Ley de 9/2009 sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, argumentando que se produce un “vaciamiento de competencias” autonómicas en el caso de que se produzca una fusión de Caja Madrid con una caja no solvente.
Según explicó, la normativa del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) que se publicó el 27 junio de 2009 en el BOE, en su artículo 7, regula la intervención del Banco de España en determinadas entidades de crédito y sustituye por un informe autonómico al plan preceptivo autonómico que antes era de carácter vinculante.
El Gobierno regional defiende que cuando una caja solvente tenga que fusionarse con otra entidad financiera sea precisa la autorización de la Comunidad. A juicio de Beteta, sin embargo, con la nueva norma “queda soliviantada la competencia de la Comunidad de Madrid y es sustituida por un simple informe”.
“En consecuencia se produce un vaciamiento de competencias”, jugó, por lo que dado que la entidad de la Comunidad de Madrid es “solvente y en consecuencia ”tiene todos los parámetros en defensa de los intereses de los impositores, de los empleados, del interés general“, la Comunidad de Madrid tiene ”que mantener la capacidad de decisión sobre una actuación de fusión de esta naturaleza“. ”Si no, queda vacío de competencias lo que el Constitucional ya ha indicado en dos sentencias sobre lo que es competencia de la Comunidad en materia de fusiones de cajas de ahorro“, destacó.
Según recordó, ya ha habido una entidad en graves problemas, que es Caja Castilla La Mancha donde se produjo una intervención del Banco de España. “Creo que esa es la obligación del Banco de España: intervenir aquella entidad que tenga problemas”, opinó el consejero.
Ahora bien, “forzar artificialmente fusiones entre cajas que sean solventes con otras que sean no solventes para abstraerlas de las competencias autonómicas, y en definitiva, que no se produzca la defensa del interés autonómico que dos sentencias del Constitucional recogen como legítimas, es algo que entendemos no admisible”, manifestó.
“El sistema financiero tiene sus reglas de juego y estas radican en que la inspección y ordenación corresponde al Banco de España y en consecuencia si alguna entidad no es solvente debe actuar; el resto es política y la política no corresponde al Banco de España nos corresponde a las administraciones públicas, que somos las que defendemos el interés general”, subrayó Beteta.
“En el caso de Madrid, que solo tenemos una caja que es Caja Madrid y que por su propia situación financiera es una empresa solvente, el hecho de que se produjera cualquier fusión con una caja que no lo fuera con mediación del FROB, supondría extraerla de las competencias de tutela y control de la Comunidad”, explicó. “Por tanto creemos que no es razonable ni ajustado a derecho, es decir, no hay ni criterio de oportunidad ni jurídico, para que esta decisión se lleve a cabo”, insistió.
En cuanto a cómo han sucedido las cosas, el consejero explicó que habida cuenta de que había un “vaciamiento de competencias” de la comunidad autónoma en esta materia se produjo el intento de llevar a cabo un acuerdo con el gobierno de la nación.
En este sentido, hubo una reunión de la comisión bilateral de cooperación administración general del Estado y la Comunidad de Madrid en septiembre de 2009, donde acordaron constituir un grupo de trabajo que se inició el 18 de febrero pasado en el que se expusieron todos los argumentos en relación con la constitucionalidad de la norma. Según Beteta, también Andalucía, Galicia, Cataluña y Extremadura también mostraron interés en esta cuestión.
Sin embargo, después de la comunicación formal del 12 de marzo del Ministerio de Política Territorial “donde se indica únicamente una interpretación fundamentada de la constitucionalidad del texto vigente”, la Comunidad de Madrid ha decidido rechazar dichas argumentaciones y proceder a la interposición del recurso de inconstitucionalidad.