Un jurado popular declara por unanimidad culpable al hombre que mató a su madre en Los Llanos

Inmueble en el que ocurrieron los trágicos hechos. Foto: RTVC

EFE

Santa Cruz de Tenerife —

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Un jurado popular ha dictaminado por unanimidad la culpabilidad de un hombre acusado de torturar hasta la muerte a su madre en Los Llanos de Aridane, sin que su adicción a las drogas le exima o reste su responsabilidad penal por estos hechos.

El veredicto del jurado, leído este jueves tras tres jornadas de juicio en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, considera probado que G.O.B. se ensañó con la víctima y que ésta no se pudo defender.

También corrobora que sometió a su madre a un maltrato habitual, con palizas continuadas en el tiempo y privación de alimentos; que la causa del fallecimiento fue una suma de golpes por todo el cuerpo y su estrangulamiento, y que el acusado pretendía o bien matarla o era consciente de que la podía matar, o cuando vio que su vida estaba en peligro no la auxilió ni solicitó ayuda.

G.O.B. reconoció los hechos en la vista oral y dijo estar arrepentido, y alegó que entonces, debido a su adicción a las drogas, no era él y que no se pudo controlar.

La estrategia de su abogada se centró en demostrar que su “vicio” con diversas sustancias estupefacientes, que empezó a consumir desde los 15 años, construyeron “un monstruo de la droga” y mediatizaron sus capacidades, hasta el punto de que “no era persona, no pensaba” ni veía más allá de conseguir dinero para comprar droga.

Una circunstancia atenuante que el fiscal aceptó parcialmente en el turno de conclusiones, en el que modificó su petición de penas, de 27 a 22 años de cárcel, mientras que la acusación popular pasó de pedir la prisión permanente revisable a 28 años.

Tras conocer el veredicto del jurado, las acusaciones mantienen sus peticiones, igual que la defensa, que solicita las penas menores para los delitos de asesinato y maltrato continuado.

En el juicio, la forense que entrevistó al acusado tras perpetrar el crimen fue tajante: no apreció en esta evaluación ni en su historial clínico ninguna afección psiquiátrica que pudiera eximirle de su responsabilidad penal.

Antes, el guardia civil que dirigió la investigación había ratificado que G.O.B. no pidió medicación alguna porque estuviera sufriendo el síndrome de abstinencia los tres días que permaneció detenido, ni luego cuando ingresó en prisión.

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