La Plataforma de Afectados del Volcán de Cumbre Vieja pide el expediente íntegro de la obra de emergencia en la carretera La Laguna-Las Norias
El pleno del Cabildo de La Palma, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de junio de 2022, acordó “la aprobación inicial de la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa por la vía de urgencia del suelo necesario para abordar las obras de emergencia en la carretera LP-213 Puerto Naos, tramo La Laguna (Pk3+200) a Las Norias (Pk6+500) en los términos municipales de Los Llanos de Aridane y Tazacorte”, indica la Plataforma de Afectados del Volcán de Cumbre Vieja en una nota de prensa. Señala que el anuncio se publicó el pasado 22 de junio y añade que el plazo de información pública está abierto hasta el día 20 de julio de 2022, para “lo cual el Cabildo anuncia que los interesados podrán consultar el expediente en días hábiles y horas de oficina, previa cita telefónica, en las dependencias del Servicio de Patrimonio del Cabildo de La Palma, calle Cruz Roja 13, Santa Cruz de La Palma”.
La Plataforma de Afectados del Volcán de Cumbre Vieja, apunta, ha presentado un escrito en el registro de entrada de la primera Corporación de la Isla en el que solicita que “el Cabildo de La Palma cumpla el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre que exige que los expedientes sometidos a información pública consten en formato electrónico en la sede electrónica de la Administración electrónica y por tanto que entregue el expediente electrónico íntegro y no una mera consulta sin copias en la oficina correspondiente lo que es contrario a la Administración electrónica y a la transparencia”.
También solicita “conocer de forma urgente antes del 8 de julio de 2022 el expediente íntegro para hacer las alegaciones correspondientes antes del 20 de julio de 2022 que es el último día hábil del plazo”. Subraya que, “en especial, necesita conocer informes técnicos emitidos en los que se motive el recorrido de la carretera construida entre La Laguna y Las Norias por el que se producen afecciones a las fincas que son expropiadas de forma parcial sin justificación alguna; informes jurídicos emitidos; el proyecto de la obra de la carretera construida; las razones por las que tratándose de una expropiación urgente del artículo 52 de la Ley Expropiación Forzosa se ha ocupado los bienes sometidos a expropiación antes del levantamiento de las actas previas a la ocupación y del pago del justiprecio a los afectados; que se informe de a cuánto se va a pagar el metro cuadrado expropiado y la falta de información a los afectados del expediente expropiado tramitado y las razones de tal actuación”.
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