La Audiencia le perdona el IVA a Urdangarin
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma ha dictado un auto en el que confirma la fianza civil de 8,1 millones de euros impuesta en un auto el pasado 14 de marzo por el juez que instruye el caso Nóos, José Castro, al Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, y a su exsocio en el Instituto Nóos, Diego Torres, si bien ha estimado en parte los recursos de apelación interpuestos por estos contra la citada resolución judicial, de forma que se detraerá el IVA de esta cantidad.
De esta manera, la Sala ha acordado estimar en parte los citados recursos de apelación revocando parcialmente el auto del juez Castro en el único sentido de que del importe de la fianza pecuniaria establecida y fijada en consideración al precio y prestación económica de los contratos suscritos por el Instituto Nóos y por Nóos Consultoría (y una tercera parte más), ha de detraerse el IVA ingresado.
En esta línea, señala que quien presuntamente hubo participado en el amaño del contrato suscrito por la citada entidad fue también el Instituto Nóos, como entidad instrumental vinculada a la anterior, siendo por tanto una y la otra la misma. Mientras, la Audiencia Provincial de Palma mantiene en lo demás el auto recurrido.
Cabe recordar que el pasado 14 de marzo, Castro confirmó mediante un auto la fianza de responsabilidad civil de 8.189.448 euros decretada contra Urdangarin y Torres, al desestimar los recursos de reforma que ambos imputados interpusieron contra la caución. Los dos encausados presentaron sendos recursos de apelación ante la Audiencia Provincial de Baleares, que han sido estimados en parte.
Así, la defensa del Duque de Palma alegó, en el recurso presentado ante la Audiencia Provincial de Baleares, que la gestión económica del Instituto Nóos “descansaba exclusivamente” sobre éste último, a pesar de lo cual “se pretende” que el marido de la Infanta Cristina “peche económicamente” con los fondos percibidos por la entidad desde las Administraciones públicas.
En su recurso de apelación, el abogado de Urdangarin, Mario Pascual Vives, reclamaba que se revoque la imposición de la caución al recriminar que su patrocinado tenga que hacer a la misma en base a la totalidad de los importes cobrados por Nóos entre 2004 y 2006, cuando esta materia era competencia únicamente de su exsocio, exvicepresidente y exgerente de la entidad, así como de los excontables de la entidad.
El letrado calificaba asimismo de “desproporcionada” la cantidad fijada y lamenta la “falta de motivación” a la hora de decretar la fianza, lo que, a su juicio, “no parece razonable cuando se trata de cantidades tan elevadas como las aquí exigidas y que genera, junto a la falta de proporcionalidad y la falta de existencia de los presupuestos de la medida, indefensión para mi defendido”.
En el anterior recurso que presentó el Duque, su abogado denunciaba ya haber visto vulnerado su derecho de defensa tras decretarse la fianza, pronunciándose de este modo “a los efectos de que (el derecho supuestamente quebrantado) pueda continuar siendo invocado, en el momento procesal oportuno”, ante la Audiencia Provincial de Baleares y, en su caso, ante el Tribunal Constitucional.
Es más, la defensa del encausado consideraba que su patrocinado se vería abocado a un “injusto empobrecimiento” e insistía “en la convicción y postura procesal de que a mi mandante no se le debe aplicar fianza alguna de responsabilidad civil provisional derivada de la imputación de determinados delitos”.
Por su parte, el abogado de Torres aseveraba que su cliente “ni por asomo podía siquiera imaginar que algo irregular pudiera existir”. Según el recurso, “es cierto que el Instituto Nóos era un ente sin ánimo de lucro, otra cosa es que los profesionales que prestaron servicios para el mismo, bien de forma directa, bien de forma subcontratada a través de otras sociedades (...) no percibieran por su trabajo las contraprestaciones económicas correspondientes”.
En su auto de responsabilidad civil, el juez afirmaba que Urdangarin y Torres no son “los únicos criminalmente responsables” en el marco de estas pesquisas, al reprochar en este contexto el papel que desempeñaron las Administraciones públicas de Baleares y la Comunidad Valenciana y más en concreto de quienes gestionaban el dinero que acabó desviado.
En una resolución de 542 páginas, el magistrado llegaba a afirmar que se limitaba a imponer la caución a Urdangarin y Torres “por exigencia de congruencia” con las peticiones de la Fiscalía Anticorrupción y el sindicato Manos Limpias, al considerar que “deviene imposible imaginar una disposición de fondos públicos en la que no intervenga de una manera activa o pasiva quien tiene encomendada su gestión”.
De hecho, Castro aseveraba que los responsables de las instituciones balear y valenciana, de las que el Instituto Nóos percibió el dinero supuestamente defraudado, son “merecedores de más intenso reproche ético y jurídico en tanto estarían quebrantando el especial deber que sobre los mismos pesa en orden a la correcta gestión de los fondos públicos que les han sido confiados”.
Es más, el instructor sostenía que, en el marco de las contrataciones llevadas a cabo entre las Administraciones y el Instituto Nóos, los convenios de colaboración suscritos para ello “no fueron otra cosa que la forma arbitraria de vestir el santo”, cuya “única” finalidad era, con un “total abuso de poder”, beneficiar a la entidad y en este caso “al más ilustre de sus miembros: el señor Urdangarin”.
Desglose de la fianza
En concreto, la fianza engloba los 1,2 millones de euros que percibió Nóos para la celebración del primer Illes Balears Forum (2005); los 1,085 millones del segundo (2006); los 1.044.000 millones de cada una de las tres ediciones llevadas a cabo del evento Valencia Summit, y los 382.000 euros que percibió Nóos en virtud de un convenio con el Consell de la Generalitat y la Sociedad Gestora para la Imagen Estratégica y Promocional de la Comunidad Valenciana, por la celebración de unos Juegos Europeos que nunca tuvieron lugar.
Asimismo, se incluyen los 54.520 euros pagados a Nóos por el Govern balear para el seguimiento de la repercusión del equipo ciclista Illes Balears - Banesto; los 174.000 que pagó el Illesport por la creación de la oficina del proyecto de este equipo deportivo; los 116.566 del Ibatur por la elaboración de material promocional del Illes Balears, y 2,1 millones de multa (un tercio de la cantidad global solicitada).