Una nueva ley dará representatividad a las asociaciones militares
MADRID, 14 (EUROPA PRESS)
El anteproyecto de Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, al que ha tenido acceso Europa Press, concederá un alto grado de representatividad a las asociaciones profesionales militares al convertirles en interlocutores en el nuevo Consejo de Personal y les reconocerá su derecho a “recibir información” del Ministerio de Defensa.
El texto legal, que aprobará próximamente el Gobierno en Consejo de Ministros, establece los derechos y deberes que tendrá todo militar en servicio activo y en la reserva y aborda uno de los puntos que nunca había sido sometido al criterio de las Cortes, la regulación de las actividades que desarrollan las asociaciones profesionales de militares.
Según consta en un documento confidencial sobre el anteproyecto de Ley Orgánica, las asociaciones “profesionales” podrán “convocar y celebrar reuniones en instalaciones militares”, siempre “sin interferir en el funcionamiento” de las unidades.
Los colectivos, que en la actualidad son legales por estar en el Registro de Asociaciones de Interior pero que no tienen reguladas sus acciones, deberán cumplir una serie de requisitos para poder integrarse en el nuevo “registro específico” que creará el Departamento que dirige Carme Chacón.
Así, se podrán financiar con las cuotas de sus miembros pero no podrán recibir en ningún caso donaciones privadas. Su actividad no deberá interferir nunca “en las decisiones de política de seguridad y defensa”, “en el planeamiento y desarrollo de las operaciones militares” ni tampoco “en el empleo de la fuerza”.
Del mismo modo, las asociaciones deberán respetar “el principio de neutralidad política y sindical” y deberán disponer de unos estatutos que garanticen “su funcionamiento democrático”. Todos los militares españoles tendrán derecho a “asociarse libremente” pero sólo podrán formar parte de una asociación.
REQUISITOS PARA SER RECONOCIDAS POR DEFENSA
El proyecto de Ley establece la creación de un Consejo de Personal, que presidirá el titular de la Subsecretaría de Defensa, en la actualidad María Victoria San José, y que será el órgano en que estén directamente representadas las asociaciones.
Para poder formar parte de este nuevo órgano, las asociaciones deberán tener un “mínimo de afiliados”, igual o superior al uno por ciento del total de militares cuando se trate de colectivos de miembros de cualquier ejército, rango y escala; un tres por ciento cuando estén formados por oficiales y suboficiales y un 1,5 por ciento cuando esté integrada por soldados y marineros.
El proyecto de norma elaborado por el Ejecutivo deja abierta la puerta a que estos porcentajes puedan ser reducidos “con objeto de facilitar la adecuada representatividad y funcionalidad del Consejo de Personal”.
El Consejo de Personal podrá reunirse en Pleno o por comisiones de cada ejército y de los Cuerpos Comunes de la Defensa, siendo presidido cuando se reúna al completo por el subsecretario de Defensa y, en su caso, por el titular ministerial. Cuando la reunión sea en comisión, presidirá el Mando o la Jefatura de Personal que corresponda.
La nueva Ley permitirá a las asociaciones presentar propuestas y “realizar informes con los asuntos que son de la competencia del Consejo”, incluso tendrán opción de elaborar documentos de manera conjunta entre varios colectivos. El Ministerio de Defensa tendrá también la obligación de facilitar la difusión de las acciones de las asociaciones y los cuarteles deberán proporcionarles locales y medios para sus actividades.
Además, el Gobierno creará un Observatorio de la Vida Militar que, como órgano “colegiado”, “asesor” y “consultivo”, realizará un “análisis permanente de la condición militar” y de la forma en que el Estado “vela por los intereses” de los militares.
Esta nueva institución estará integrada por un máximo de siete miembros elegidos por el Congreso de los Diputados “entre personalidades de reconocido prestigio”. Los miembros tendrán un mandato de cinco años y serán los encargados de elegir a su presidente, mientras que el Ministerio de Defensa les proporcionará “la sede y el apoyo administrativo necesario” para poder cumplir sus funciones.
LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE INFORMACIÓN DEL MILITAR
La nueva ley será la primera norma de carácter orgánico elaborada y aprobada en democracia para regular derechos fundamentales de los militares como la libertad de expresión y de información, con los límites de “la salvaguarda de la seguridad y defensa nacional”, “el deber de reserva”, “la neutralidad política y sindical”, el secreto profesional, la disciplina y el respeto a la dignidad de las personas y las instituciones“.
El proyecto reconoce también el derecho de reunión de los militares pero prohíbe que organicen, participen o asistan a “reuniones o manifestaciones de carácter político o sindical”. El soldado, marinero, suboficial u oficial tampoco podrá participar “vistiendo el uniforme o haciendo uso de su condición militar” en “manifestaciones o reuniones en lugares de tránsito público”.
Además, la norma incluye un artículo específico que detalla que el derecho de asociación se limitará a los colectivos que tengan como fin “la defensa de los intereses profesionales, económicos y sociales” de “los miembros de las Fuerzas Armadas”.
También estipula el texto que los uniformados podrán dirigirse “individual y directamente” al Defensor del Pueblo, tendrán derecho de petición de manera individual y tendrá reconocido su derecho a “recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en su ejercicio profesional”.
En el artículo referido a quejas, la norma señala que el militar podrá exponer “en el ámbito de las Fuerzas Armadas” sus “quejas e iniciativas” relativas a personal y a las condiciones de vida en los acuartelamientos.
Por último, los oficiales, suboficiales y la tropa podrá disponer de asistencia letrada gratuita “en determinadas circunstancias” y podrán ser defendidos por la Abogacía del Estado “de acuerdo con el Régimen General de Asistencia Jurídica”.
LIMITACIÓN EN LOS ARRESTOS
El documento al que ha tenido acceso Europa Press fija como límite para la sanción de arresto que el militar “sólo podrá ser privado de su libertad en los casos previstos por las leyes y en las formas que estas impongan”.
La aprobación de una ley que regule los derechos y obligaciones de todos los militares era un mandato legislativo contemplado en la Ley Orgánica de Defensa Nacional y que estaba incumplido desde la pasada legislatura.
Reclamada desde hace varios años por las asociaciones militares --especialmente por AUME, el colectivo con mayor número de militares en activo de toda España--, la norma fue prometida por la ministra de Defensa, Carme Chacón, que aseguró en su primera comparecencia parlamentaria que el Gobierno la impulsaría y que buscaría el consenso con todos los grupos parlamentarios por tratarse de un texto que afecta a derechos fundamentales.
Cuando la Ley sea finalmente aprobada por el Parlamento, España se incorporará al grupo de países europeos que autorizan las actividades de las asociaciones y les reconocen como interlocutores, entre los que destaca especialmente el caso de Alemania por la entidad y antigüedad de sus Fuerzas Armadas.
La Ley Orgánica de Derechos y Deberes será la norma más importante de la actual legislatura impulsada por la ministra de Defensa, Carme Chacón, que también participa junto con el titular de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, y la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, en la elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional, el documento guía para desarrollar una política global de defensa civil y militar ante los retos y riesgos actuales.