El Supremo condena a Atutxa, Bilbao y Knorr por un delito de desobediencia
El Tribunal Supremo condenó este lunes al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y los ex miembros de la Mesa de esta Cámara Kontxi Bilbao y Gorka Knorr por un delito de desobediencia a la autoridad judicial por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA).
Así lo acordó la sala de lo penal del Supremo al estimar, por mayoría, el recurso que el Sindicato de Funcionarios Manos Limpias interpuso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, TSJPV, que consideró que los acusados no habían desobedecido, sino que no habían encontrado el modo de disolver el grupo formado por los electos de Batasuna tras su ilegalización.
Atutxa, Knorr y Bilbao serán condenados a penas de multa e inhabilitación en una sentencia que, junto a los correspondientes votos particulares, se conocerá en los próximos días, según han informado fuentes del Supremo.
Si el tribunal atiende a la solicitud de Manos Limpias, las penas pueden llegar a los 108.000 euros de multa y a los dos años de inhabilitación.
Este Sindicato de Funcionarios, a pesar de su nombre, no cuenta con representación en ningún centro de trabajo y su máximo responsable es el ex dirigente del partido de extrema derecha Fuerza Nueva Miguel Bernard.
La de este lunes es la segunda ocasión en la que esta acusación particular consigue que el Supremo revoque la absolución de los procesados, contra los que se inició un procedimiento en 2003 bajo la acusación de no obedecer la orden del Alto Tribunal de disolver el grupo parlamentario formado por los electos de Batasuna después de la ilegalización de este partido.
En 2004, el Tribunal Superior vasco absolvió a Atutxa, Knorr y Bilbao por entender que gozaban de inviolabilidad parlamentaria, pero Manos Limpias recurrió al Supremo y consiguió que éste devolviera la causa al órgano anterior para que dictara sentencia sobre el fondo del asunto.
El TSJPV volvió entonces a absolverles, diciendo en esta ocasión que no había existido el delito de desobediencia, sino que los acusados no habían podido encontrar la fórmula reglamentaria para disolver SA, ante lo que Manos Limpias interpuso un recurso que hoy ha sido estimado.
La principal afectada por la condena es Kontxi Bilbao, actual parlamentaria vasca por EB-IU y funcionaria en excedencia del Ayuntamiento de Vitoria, que podría perder su puesto de trabajo, ya que tanto Atutxa cono Knorr se retiraron de la vida política y se dedican a la actividad privada.
El primero preside la Fundación Sabino Arana, vinculada al PNV, mientras que el segundo, que fue dirigente de EA, ha abandonado el País Vasco y reside en Barcelona.
Por otra parte, la de este lunes era también la primera ocasión en la que el Tribunal Supremo debía decidir sobre la aplicación a otras causas de la llamada “doctrina Botín”, establecida en la reciente sentencia en la que confirmó el archivo del caso de las cesiones de crédito, procedimiento que afectaba al presidente del Banco Santander.
En esa resolución, el Alto Tribunal estableció que en las causas que se tramiten como procedimiento abreviado no se podrá abrir juicio oral al acusado si sólo lo solicita la acusación popular y tanto la Fiscalía como los posibles perjudicados (acusación particular) entienden que no hay delito y piden el sobreseimiento.
De hecho, y aunque el llamado “caso Atutxa” se encontraba en un momento procesal muy posterior, ya que el juicio se había celebrado e incluso había sentencia, en la vista celebrada esta mañana la Fiscalía y la defensa del ex presidente del Parlamento vasco han pedido -sin éxito- que se aplicara la “doctrina Botín” y que se confirmara su absolución.