La adjudicación del Magma volverá a la casilla cero
La sentencia del Tribunal Supremo (TS) del pasado 18 de febrero que anuló la gestión y explotación del Palacio de Congresos Magma del Sur de Tenerife da lugar a que la entidad pública Canarias Congress Bureau (CCB) Tenerife Sur se vea obligada a convocar a la mesa de contratación con el fin de decidir una nueva adjudicación.
Con todo ello el proceso iniciado en el año 2009 para garantizar el funcionamiento de este recinto tendrá que volver a situarse en la casilla cero. En cualquier caso fuentes jurídicas consultadas apuntan que esta prestación nunca podrá recaer de nuevo en las empresas Viajes Alegranza y Canary Islands Cars (Cicar) que se presentaron bajo el nombre de Magma Canarias y que hasta ahora se ocupaban de la explotación del recinto.
El Supremo procedió a anular el resultado del concurso fallado en el año 2009 al considerar probado que el objeto social de ambas estas entidades y, especialmente de Cicar dedicada al alquiler de coches, no tenía nada que ver con la gestión de este tipo de espacios.
Desde el punto de vista procedimental la principal consecuencia del fallo será la obligación de ejecutar la sentencia dictada en primera instancia por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de Las Palmas en el plazo de dos meses después de su comunicación formal a las partes. Así viene establecido en el artículo 104.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Las fuentes consultadas indican que a partir de aquí se deberán retrotraer las actuaciones administrativas correspondientes a la fecha en la que se adjudicó definitivamente el contrato de gestión y explotación del Palacio. Será entonces cuando CCB Tenerife Sur tendrá que poner sobre la mesa una nueva propuesta que en ningún caso podrá recaer de nuevo en la Unión Temporal de Empresas (UTE) Magma Canarias integrada por Viajes Alegranza y Cicar. “Todo ello sin perjuicio de analizar otras opciones que puedan existir”.
Pese a que el fallo fue emitido a mitad del pasado mes de febrero, la empresa pública y el Gobierno de Canarias aseguran que aún no han sido formalmente notificados sobre el contenido de la sentencia, pese a que el ejecutivo compareció como recurrente. La fecha de comunicación tiene relevancia en cuanto a que será a partir de ese momento cuando empezarán a contar los plazos de ejecución de la misma.
Los tribunales han dado por segunda vez la razón a la empresa Blue Marketings Events que en su momento participó en el concurso y que desde un principio denunció su resultado al considerar que al menos Cicar, “no estaba capacitada para cumplir con el contrato ya que éste requiere una actividad especial de logística que no guarda relación con su objeto social”.