La Audiencia ratifica que las casas de Igueste están afectadas por la Ley de Costas

La Audiencia Nacional ha emitido una nueva sentencia que viene a ratificar que la mitad de las propiedades de Igueste de San Andrés, en Santa Cruz de Tenerife, están afectadas por la aplicación de la Ley de Costas. De esta manera, 22 viviendas y 98 fincas se encuentran en situación de fuera de ordenación con las limitaciones que impone esta carga urbanística y sujetas a ocupación en caso de que se ejecute alguna obra de interés general. Esta decisión no implica, sin embargo, que las propiedades sean ilegales ya que gran parte de los propietarios pagan Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) e incluso desde hace dos años se ha fijado el tipo urbano y no el rústico como ocurría hasta entonces. Una decena de vecinos había presentado un recurso contra el actual deslinde que abarca más de cinco kilómetros y tiene una anchura de cien metros. Los recurrentes solicitaban que se reconociera el carácter urbano de este núcleo antes de la entrada en vigor de la Ley en el año 1988 tal y como han apuntado informes de la Gerencia de Urbanismo y la propia Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac). De esta manera se conseguiría que la zona de servidumbre se limite a veinte metros de anchura lo que dejaría libre a gran parte de las casas y fincas que actualmente se encuentran situadas en dominio público de Costas y del Gobierno de Canarias.

Sin embargo, por tercera vez consecutiva los tribunales dan la razón al Abogado del Estado y sentencian que estos terrenos tenían la clasificación de rústicos en aquellos momentos ya que no contaban con los servicios públicos como alumbrado, saneamiento, evacuación de aguas, aceras, consolidación urbanística o acceso asfaltado. Además, el acuerdo de la Cotmac ha sido suspendido de forma cautelar por lo que en principio carece de validez para fijar de nuevo un deslinde. A finales del pasado año la Audiencia resolvió en sentido idéntico a otro recurso presentado por un grupo diferente de vecinos de este núcleo al argumentar que los informes elaborados por la empresa pública de aguas, Emmasa, de electricidad Unelco o los del Ayuntamiento no demostraban de forma fehaciente que estos terrenos pudieran ser considerados urbanos, sino más bien lo contrario. De hecho, la sala llega a calificar de “sorprendentes” los documentos aportados por la Gerencia de Urbanismo o el acuerdo anulado provisionalmente de la Cotmac que en contra de lo recogido en el Plan General de Ordenación (PGO) del año 1992, aún vigente, querían demostrar que este núcleo estaba consolidado desde el punto de vista urbano.

A estos vecinos sólo les cabe ahora la posibilidad de recurrir el acuerdo ante el Supremo o esperar a acogerse a las modificaciones que se piensan introducir en la Ley de Costas. De forma paralela se está dirimiendo en los tribunales la legalidad del acuerdo de la Cotmac que en el caso de otros núcleos de Anaga ha sido considerado conforme a derecho más que nada porque Costas cometió el error de dirigirse a la Consejería de Política Territorial en vez de al propio organismo que vela por la legalidad urbanística y que tiene carácter autónomo. Sin embargo, en el caso del litoral de Güímar ya el Supremo ha anulado esta resolución favorable a los vecinos y ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que reinicie todo el proceso al considerar que se debía haber advertido al Estado del error en el que estaba incurriendo.

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