El Ayuntamiento reduce a un ''defecto formal'' la sentencia del TSJC

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, ante las informaciones publicadas este miércoles en relación a la sentencia número 287 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), por la que se anula el proyecto de compensación del plan parcial del proyecto de Las Teresitas “por un defecto de forma”, indica que habrá que subsanar ese defecto formal “y su traslado no afectará, en principio, al resto de las actuaciones llevadas a cabo en el citado proyecto”.

En cuanto a la sentencia número 288 de la misma Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, el Ayuntamiento indica que sólo se ha anulado en la misma la cláusula sexta del convenio urbanístico del Plan Parcial del proyecto de Las Teresitas, dejando vigentes el resto de las cláusulas, ya que se ajustan a derecho.

La cláusula sexta del convenio, precisa la Corporación municipal, se refiere, y sirve de base, al acuerdo de compraventa de las once parcelas adquiridas por el Ayuntamiento en el frente de la playa de Las Teresitas. Los servicios jurídicos del Ayuntamiento estudian solicitar dentro de los plazos legales una aclaración de esta sentencia, así como la procedencia o no de recurrirla en casación ante el Tribunal Supremo, ya que se trata de una sentencia dictada en primera instancia por el TSJC.

“El plazo legal para proponer el recurso de casación es de diez días hábiles pero, no obstante, la trascendencia de esta sentencia es relativa, puesto que el Ayuntamiento ya está trabajando en la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de mayo que anula el contrato de compraventa de la playa de Las Teresitas”,expone.

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