El Cabildo abonará unos 120.000 euros por despidos improcedentes en el IID
El Instituto Insular de Deportes del Cabildo de Gran Canaria abonará durante estos días unos 120.000 euros -más los intereses de demora de un año- a diez empleados despedidos el 31 de mayo de 2004, que en diferentes sentencias ratificadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias el 31 de octubre de 2005 ganaron sendos juicios, en los que se declaró improcedente su despido por la empresa responsable de la gestión de acceso, tanto del Centro Insular de Deportes como de la Ciudad Deportiva Gran Canaria.
Una providencia del 31 de octubre de este año, en la que se ordenaba, por segunda vez, al IID ejecutar una sentencia favorable a cuatro de los diez despedidos, por no renovar sus contratos cuando la empresa Eulen sustituyó a Mungest en el control de recepción de los centros, ha motivado la reacción desde el área de Deportes de la Corporación insular, que no sólo acata la orden referida a estos cuatro empleados del Centro Insular Deportes sino que la ha hecho extensible -sin esperar a otra providencia- a seis trabajadores de la Ciudad Deportiva Gran Canaria.
Según ha podido saber este diario, los despidos de los trabajadores de Mungest fueron decididos directamente por su sustituta, Eulen, a raíz de las demandas de parte de estos trabajadores para que fueran subrogadas sus plazas en Mungest por el propio Instituto Insular de Deportes, ya que denunciaron que realizaban tareas que no correspondían al pliego de condiciones del contrato suscrito por la empresa con el organismo autónomo del Cabildo. El IID prefirió inhibirse de manera formal de esa decisión.
Esta “cesión ilegal de trabajadores”, por la cual cuatro de ellos -los empleados del Centro Insular de Deportes-, reclamaron la nulidad de sus despidos con el objetivo de ser readmitidos como personal de la Corporación insular, era una práctica habitual advertida ya, desde 2001, por el anterior equipo directivo del Instituto Insular de Deportes.
La Justicia, sin embargo, decidió declarar improcedentes y no nulos los despidos de la totalidad de los trabajadores, con la unificación de criterios realizada por el TSJC a raíz de varias sentencias en primera instancia que condenaban a unos u otros -Eulen, por un lado; IID y Mungest, por otro; o a ninguno, según los casos- que con el mecanismo actividado a raíz de la providencia de 31 de octubre de 2006 verán ingresadas en sus cuentas corrientes las correspondientes indemnizaciones.
La larga espera de los empleados para cobrar las indemnizaciones un año después ha sido justificada por las divergencias entre la empresa afectada finalmente por la sentencia del TSJC, Mungest, y el propio Instituto Insular de Deportes, para decidir qué parte de los 120.000 euros abonaba cada uno. El IID ha decidido no alargar más proceso, abonar la totalidad de la cuantía, y discutir fuera del procedimiento judicial lo que corresponsa con la empresa subcontratada.