Derogado el Decreto que regula las ayudas por sacrificio obligatorio de animales en campañas de saneamiento
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 15 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Gobierno ha aprobado este viernes el Proyecto de Decreto por el que se deroga el Decreto 14/1999, de 4 de febrero --que regula las ayudas por sacrificio obligatorio de animales en campañas de saneamiento ganadero-- debido a que tras la entrada en vigor del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias no resulta ya necesario el establecimiento de un régimen especial de concesión de subvenciones para la regulación de dichas ayudas.
El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, no derogó en su momento el Decreto 14/1999, de 4 de febrero, que atendiendo a su carácter de norma especial continuó aplicándose al no entrar en conflicto con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin perjuicio de la necesidad de adaptación a la misma.
Sin embargo, con la entrada en vigor del Decreto 36/2009, a las ayudas por sacrificio obligatorio de animales se les puede aplicar el citado régimen general que en el mismo se establece y concretamente el procedimiento de concesión directa previsto en su artículo 21.1c.
La Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal establece en sus artículos 20 y 21 que el sacrificio obligatorio de los animales -sospechosos, enfermos o que corran el riesgo de ser afectados, según el resultado de encuestas epidemiológicas-y en su caso, la destrucción de los medios de producción que se consideren contaminados dará lugar a la correspondiente indemnización por la autoridad competente, en función de los baremos aprobados oficialmente y en la forma y condiciones establecidos reglamentariamente.
Esta norma tiene como objetivo fundamental la protección de la sanidad animal para conseguir el mayor grado de seguridad alimentaria de los productos de origen animal, así como la prevención de los riesgos para la salud humana derivados del consumo de estos productos alimenticios, y para la sanidad de los animales por el consumo de productos destinados a su alimentación.