''Grave'' indisciplina urbanística en Canarias

La situación se ha repetido en muchas ocasiones en Canarias. El Ayuntamiento de turno concede licencias ilegales para que promotores privados realicen obras que, a pesar del pertinente recurso, se construyen y se finalizan muchas veces cuando la sentencia aún no se ha publicado. Para entonces, la Justicia se encuentra con la disyuntiva de tener que ejecutar la sentencia que anula la obra, y la propia obra ya construida.

Ejemplos en las Islas sobran: el conocido como Mamotreto en la playa de Las Teresitas, la Supercomisaría de Las Palmas de Gran Canaria, los 22 hoteles ilegales de Lanzarote y un sinfín de pequeñas obras que se realizan contrarias a derecho. En muchas ocasiones, un simple cambio de ley, permite que una obra ilegal pase, como por arte de magia, a ser legal.

El catedrático de Construcción Arquitectónica de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), Carmelo Padrón, es uno de los que cree que este truco legal se da “con demasiada frecuencia” en las Islas. Padrón participó este viernes junto a Rafael Fernández Valverde, magistrado del Tribunal Supremo (TS) y ponente de la primera sentencia que anula la compra-venta de la playa de Las Teresitas, en un debate en torno al cumplimiento de las sentencias ante hechos consumados en el marco del II Congreso de Derecho Urbanístico celebrado en Santa Cruz de Tenerife.

Padrón cree que esta práctica está “desgraciadamente muy generalizada en Canarias”, y que la propia Administración pública incurre en ella. Pone como ejemplo la Supercomisaría de Las Palmas de Gran Canaria, en referencia a la sede de la Policía Nacional, “donde acaban yendo los detenidos, que en aquel sitio tienen un ADN propio de la ilegalidad urbanística”.

Otro ejemplo paradigmático es el de la ampliación del Parlamento de Canarias en la que se creó “nada más y nada menos que una ley casi de caso único para expropiar las edificaciones”. Ley ad hoc que luego el Tribunal Constitucional ( TC) declaró inconstitucional, por lo que el Parlamento tuvo que llegar a un acuerdo con los propietarios expropiados, ya que el edificio ya estaba hecho, lo que al final hizo que éstos “salieran ganando” porque estaban “en fantásticas condiciones para negociar”.

Pero sin duda, el caso que los expertos como Faustino García Márquez (ex responsable de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático) consideran “más sangrante” es el de los hoteles ilegales de Lanzarote ya que hay más de 8.000 plazas alojativas funcionando con licencias anuladas. Padrón recuerda que en las últimas semanas los propietarios han declarado que “ni siquiera van a intentar legalizarlas”, lo que denota a su juicio un “síntoma de que no son por cuestiones formales si no por cuestiones sustantivas” y “están esperando a que el Parlamento haga algo”.

Y es que así las cosas, “si en Canarias las situaciones ilegales se legalizan muy fácilmente el mensaje que se trasmite es que todo se acaba resolviendo”. Para el experto en Urbanismo, el mejor intento para resolver el asunto fue del Cabildo de Lanzarote anterior “con una propuesta equilibrada para que los infractores no se vayan de rositas”, pero que ha quedado en el olvido.

Padrón señala que la mayor parte de estos hechos consumados son por actuaciones de los Ayuntamientos, lo que le hace afirmar que “en Canarias tenemos un problema grave de indisciplina urbanística”.

La indemnización

Para que los culpables de estos hechos consumados no se vayan de rositas, el magistrado Fernández Valverde propone que se plantee una indemnización, aunque el problema viene cuando se trata de determinar quién debe hacer frente a ese pago.

El magistrado explica el problema desde el punto de vista jurídico: “Declarada una construcción ilegal o un planeamiento no ajustado a derecho nos encontramos con una realidad física, la obra, y la ley contempla que mediante un procedimiento incidental se declare que existe causa legal, por una ley que lo impida o una causa de carácter material, pensemos que es un edificio voluminoso difícil de derribar, que no permita el derribo”.

¿Cómo actuar? El magistrado propone “que se haga con una indemnización de carácter sustitutorio”, ya que en muchas ocasiones, “se han consolidado situaciones familiares y saltan problemas sociales”, en referencia a edificios ocupados por ciudadanos, y no de iniciativa pública.

Entonces “chirria la necesidad de ejecutar la sentencia con unos problemas sociales que quienes lo van a sufrir no son los causantes”. La disyuntiva está en si la justicia derriba el edificio y hace que la sentencia se lleve a su justo término “o establecemos una indemnización”.

“En este último caso ¿quién paga, la Comunidad Autónoma que debió vigilar, el Ayuntamiento que concedió la licencia o el promotor que ha desaparecido?”. “El TS debe marcar unos principios muy claros y permitir que los tribunales autonómicos decidan si procede o no derribarlo”, concluye.

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