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Podemos sospecha del secretario del Cabildo de Gran Canaria por retrasar sus informes sobre consejeros tránsfugas

Bancada de Podemos en el Pleno del Cabildo de Gran Canaria.

Macame Mesa

El consejero de Podemos en el Cabildo de Gran Canaria Miguel Montero ha advertido de que el Cabildo de Gran Canaria está alargando el proceso por el que sus compañeros de la formación morada, María Nebot y Miguel Ángel Rodríguez, pasaran a sentarse en el grupo de los no adscritos.

La división entre los cargos insulares de Podemos se ha hecho evidente después de que Nebot y Rodríguez decidieran desobedecer a la dirección del partido en Canarias y pasaran a sostener el Gobierno insular que encabeza Antonio Morales, de Nueva Canarias (NC), junto al Partido Socialista (PSOE).

Montero recuerda que presentó un escrito el 28 de marzo a la Secretaría del Cabildo informado de que los mencionados consejeros no formaban parte del Grupo Político de Podemos y, por lo tanto, deberían de pasar a sentarse en la bancada de los no adscritos. Tras una semana de espera, relata que se le contestó cuestionando “qué era exactamente lo que le estaba preguntando, como manera de ganar tiempo para no haber aplicado lo que le pedíamos en el último pleno”.

Según adelanta, el secretario de la Administración pretende, a instancias del presidente insular, iniciar un procedimiento administrativo para dar voz a Nebot, Rodríguez y a la dirigente de Podemos en Canarias, Meri Pita. Una iniciativa que Montero rechaza y que, según advierte, podría derivar en una querella judicial.

“Si estas personas sienten que sus derechos han sido vulnerados, tendrán que reclamar ante el Grupo, no es el secretario quien dice si forman parte del mismo o no. Nosotros de momento hemos contestado informando de las decisiones adoptadas y pidiendo que las ejecute”, explica.

El apartado conflictivo del escrito enviado por Podemos se centra en la fecha en la que echa del Grupo Político a Nebot y Rodríguez, puesto que la fija un mes antes de su presentación. Es decir, el 24 de febrero en el caso de Rodríguez – día en que tomó posesión de su cargo como consejero - y el 27 en el caso de Nebot.

Algo que Montero asegura que puede hacer, teniendo en cuenta que Nebot no asistió a las reuniones del Grupo y “desapareció” desde el segundo mes del año. Mientras que Rodríguez, una vez tomó posesión, “no volvimos a saber nada de él” hasta la rueda de prensa en la que Podemos anunció la ruptura, tras la que se presentó en la convocada por Morales.

Estas fechas cogen relevancia cuando se tiene en cuenta que el tripartito se rompió el 6 de marzo. Posteriormente, Nebot añadió a Igualdad la Participación Ciudadana y la Vicepresidencia segunda, mientras que Rodríguez se convirtió en el responsable de Medio Ambiente y Emergencias.

En caso de que la petición de Podemos prosperase con sus condiciones, esta situación chocaría de frente con la Ley de Cabildos, que impide a los no adscritos adquirir nuevas funciones administrativas. Por este motivo, la formación morada advirtió recientemente de que el informe encargado al profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna (ULL) Gerardo Pérez les “da la razón”.

El momento de la expulsión del Grupo, decisivo

El Grupo entiende que el informe jurídico hace hincapié en que los dos consejeros que han abandonado la disciplina de Podemos “deben ser no adscritos, y por lo tanto no cobrar del erario público –tal y como recoge la nueva ley de cabildos- desde el momento en que sean expulsados”.

Sin embargo el texto, al que ha tenido acceso Canarias Ahora, concluye que “habida cuenta de que no existe prueba oficial alguna de la expulsión de Miguel Ángel Rodríguez y María Nebot del Grupo Político Podemos, procede mantener íntegramente su estatus sin menoscabo alguno en sus funciones”.

En ese sentido añade que “en el supuesto de que, en el futuro, exista alguna comunicación sobre algún tipo de sanción o expulsión de Rodríguez o Nebot, la conclusión más acorde con nuestro ordenamiento jurídico es no considerarles trásnfugas”, aunque sí “no adscritos”. En este caso, las limitaciones económicas y de sus funciones son “las contenidas en el artículo 88.4 de la Ley canarias 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos”.

Preguntado al respecto, el profesor Gerardo Pérez no descarta que las conclusiones del informe puedan cambiar si se considera que la expulsión del Grupo Político se produjo antes de que Nebot y Rodríguez adquirieran sus nuevos cargos. “Claramente, lo que no procedería, es que después de estar en los no adscritos se les asignen nuevas funciones o unas equiparaciones económicas a posteriori”, sostiene.

Sin embargo, si “esas competencias se les atribuyeron antes de que eso pasara”, como se le informó desde la Administración grancanaria, la conclusión sería la misma que la expuesta en su informe. “Para mí es muy relevante si ellos han sido incorporados al equipo de Gobierno antes o después de que tuvieran por Ley que pasar al grupo de los no adscritos”, insiste.

En cualquier caso, tanto Nebot, como Rodríguez tienen la posibilidad de acudir a los tribunales y denunciar la inconstitucionalidad de la Ley de Cabildos.

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