Un Tribunal de Jurado declara culpable al acusado de matar a golpes y puñetazos a un varón en Gran Canaria
Consideran que el acusado no actuó guiado por el propósito de acabar con su vida, pero “sí podía prever la posibilidad de la muerte”
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 8 (EUROPA PRESS)
Un Tribunal de Jurado ha declarado hoy --por siete votos a favor y dos en contra-- culpable a un acusado de matar a “golpes y puñetazos en la cara” a un varón durante una discusión en una calle en el Polígono de Arinaga, en Agüimes (Gran Canaria).
El veredicto, leído hoy durante el juicio visto para sentencia celebrado en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, consideró probado que J.C.L.R. es autor de un presunto delito de homicidio por dolo eventual sin agravante.
El fiscal Carlos Seijo, ante esta decisión, mantuvo su petición de 15 años de prisión, mientras que la acusación particular rebajó a 15 años su inicial solicitud de 20 años de cárcel por supuesto asesinato. Sin embargo, la defensa se mostró disconforme y anunció la interposición de un recurso.
El jurado popular ha declarado, así, culpable al acusado, que ya había sido detenido con anterioridad en 26 ocasiones y condenado como autor de un delito de atentado al agredir a un guardia civil, otro delito de lesiones y otro de allanamiento de morada con amenazas. Además, está imputado por un supuesto delito de tráfico de drogas.
El tribunal ve probado que en hora no determinada de la madrugada del día 10 de noviembre de 2007 J.C.L.R. se dirigió a la Urbanización La Paz, en el Polígono de Arinaga, y, una vez allí, se encontró con un hombre, a quien el acusado conocía por ser vecino de la zona.
Comenzó una fuerte discusión con él, en el curso de la cual propinó a éste “diversos golpes y puñetazos en la cara”, pero el jurado no cree acreditado que lo dejara semiinconsciente en el suelo.
“A MÍ SE ME RESPETA”
Después de ello, el procesado fue hasta la vivienda de un conocido para que éste le ayudara a ir en coche hasta su casa y, una vez que ambos hubieron bajado, J.C.L.R., le propinó a la víctima “varios golpes y patadas llegando, en última instancia, a estampar su cabeza contra el pavimento al tiempo que le decía gritando: ”a mí se me respeta“”.
A causa de tal agresión, la víctima permaneció en estado “agónico” varios minutos y falleció posteriormente fruto del traumatismo craneoencefálico agudo tras los golpes y heridas ocasionadas por parte del acusado, encuentra en prisión provisional comunicada y sin fianza por esta causa desde el 14 de noviembre de 2007.
SE PERSONÓ EN LA GUARDIA CIVIL 36 HORAS DESPUÉS
El veredicto no estima probado que la víctima pidiera dinero al acusado, a lo que éste no accedió, aunque sí creen confirmado que el afectado estaba en estado de embriaguez y J.C.L.R. le dio “un puñetazo y una bofetada”.
Igualmente, señalan que el acusado se personó “36 horas después” de los hechos en las dependencias de la Guardia Civil.
Asimismo, en cuanto al grado de participación y ejecución, sostienen que la muerte de la víctima se produjo “como consecuencia de las heridas sufridas por los golpes que le propinó” J.C.L.R.. No obstante, indican que el procesado, cuando golpeó al difunto no actuó guiado por el propósito de acabar con su vida, pero “sí podía prever la posibilidad de la muerte”.
De este modo, el jurado declara probado que el acusado es culpable del fallecimiento del varón tras “haberle ocasionado lesiones de suficiente entidad para ello”, siendo tales hechos constitutivos de un delito de homicidio. Además, no ven probado que la víctima no pudiera defenderse de la agresión de la que era objeto.
SIN INDULTO
El jurado no considera oportuno que se suspenda la ejecución de la pena privativa de libertad en espera de que no vuelva a delinquir en el plazo que marca la Ley, ni tampoco estima oportuno pedir el indulto al Gobierno de la nación, esto es, la extinción total o parcial de la pena, y, si en caso positivo, considera que debe suspenderse la ejecución de dicha pena en tanto en cuanto se tramite la petición.
Por todo ello, la Fiscalía mantuvo su petición de imponer al acusado la pena de 15 años de prisión por un presunto delito de homicidio. Además, en concepto de responsabilidad civil reclama que el procesado indemnice a los legítimos herederos de la víctima con 90.000 euros.
Por su parte, el abogado de la acusación particular, José Jiménez, solicitó 15 años de cárcel y una indemnización de 210.000 euros. Por otro lado, la letrada de la defensa, Isora Roca, formalizó en el acto la presentación de un recurso y pidió que, subsidiaramente, en caso de que se imponga pena de cárcel a su cliente se establezca “el grado mínimo”.