CEPSA elude la sentencia del TC y vuelve a despedir a un trabajador
La compañía CEPSA en Tenerife no ha acatado una sentencia del Tribunal Constitucional que le obliga a readmitir a un trabajador despedido tras difundir carteles en memoria de cinco compañeros fallecidos, y por el contrario lo ha despedido de nuevo, denunció a Efe la abogada del empleado.
La letrada consideró que la refinería ha hecho “un malabarismo jurídico” al no acatar la sentencia y despedir al trabajador con el argumento de que ha cometido actos “ilícitos laborales” durante el período en el que paradójicamente no formaba parte de la empresa, que lo había despedido por falta grave.
Los hechos se refieren a una resolución dictada por el Tribunal Constitucional el 14 de abril de este año, en la que considera que se vulneró el derecho a la libertad de expresión de un trabajador despedido en 2004 de la refinería de CEPSA en Santa Cruz de Tenerife tras distribuir panfletos y carteles en memoria de cinco fallecidos en un accidente laboral, y ve ilegítimo dicho despido.
El procedimiento se inició después de que el trabajador, que ha prestado sus servicios en CEPSA como técnico auxiliar de laboratorio desde octubre de 1966, fuese sancionado con suspensión de empleo y sueldo durante cinco días por haber cometido una falta grave en noviembre de 2002, relacionada con la difusión de los panfletos.
Sin embargo, según afirma la letrada, la empresa requirió el 21 de mayo al trabajador para que fuese a las oficinas, aunque no pudo pasar al interior, sino que en la puerta de entrada se le entregó un documento de la dirección. En dicho documento se comunicaba al trabajador que no se le iba a readmitir porque se le había abierto otro expediente disciplinario por hechos presuntamente ilícitos cometidos “mientras no era empleado de CEPSA”, argumenta la abogada.
Estos hechos se refieren a una serie de denuncias que presentó el trabajador ante la Fiscalía, un juzgado y varios órganos administrativos por actuaciones que considera ilícitas dentro de CEPSA.
Tras la apertura del expediente disciplinario la empresa comunicó, al término del plazo de 30 días de dicho trámite, en el cual el trabajador presentó las alegaciones pertinentes, que iba a ser despedido de nuevo.
La abogada cree que, además de haber vuelto a vulnerar la libertad de expresión, la empresa también ha atacado otros derechos fundamentales, como el de la tutela judicial efectiva, ya que no cumple una sentencia del Tribunal Constitucional “y hace lo posible por evitar el cumplimiento de un fallo judicial”.
Además, la empresa podría vulnerar el artículo 25 de la Constitución al atribuir una actuación ilícita a una conducta “que nunca podría serlo”, al no ser trabajador efectivo de la empresa en ese momento.
Antes de emprender una nueva diligencia, el trabajador debe presentar la correspondiente demanda ante el inicio de este segundo proceso por despido, y esperar a que culmine su tramitación.
El trabajador afectado dijo a Efe que la empresa argumenta que en el período estipulado por el Tribunal Constitucional para readmitirlo en su puesto, él estaba de vacaciones “obligatorias”.