Indemnización por las secuelas de un biopegamento
El Servicio Canario de Salud (SCS) tendrá que pagar alrededor de 300.000 euros a un paciente tinerfeño a causa de las secuelas y lesiones que sufrió a raíz de una operación quirúrgica en la que se utilizó un biopegamento biológico llamado bio-glue. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) por medio de una sentencia firme ha determinado la declaración de responsabilidad civil del Gobierno de Canarias ante la necesidad de que el paciente tuviera que ser sometido a una segunda intervención quirúrgica. A esta conclusión se llegó a través de los informes elaborados por el jefe de Servicio de Neurología del Hospital de La Candelaria en Tenerife.
El Gobierno de Canarias, por su parte, alegó que en el momento del tratamiento se desconocían los posibles efectos nocivos del uso del producto y por ello la imposibilidad de prever y evitar el daño que se produjo. De hecho, no fue hasta después de este caso cuando “al Servicio de Neurología de La Candelaria se le enciende la luz sobre una posible reacción adversa en los pacientes intervenidos utilzando este pegamento como adhesivo fisular. Pero no después de la intervención ahora cuestionada sino de otras dos practicadas con posterioridad”. El hospital tinerfeño comunicó entonces sus sospechas a la Agencia Española de Medicamiento y a la empresa fabricante del producto.
A partir de aquí se demostró que efectivamente casos similares se habían repetido en todo el territorio nacional pero tras la intervención denunciada por el paciente tinerfeño. Algún tiempo después una publicación médica de Canadá certificaba efectos similares en otros enfermos tras el uso de este medicamento.
En principio, lo cierto es que la Agencia Española tras realizar una investigación consideró que no había motivos para no seguir comercializando este producto pese a lo cual fue “inmediatamente” retirado después de detectarse otros tres casos más similares. El TSJC basa su sentencia en los dos informes emitidos donde se refleja “la convicción sobre la relación entre el uso del pegamento y las lesiones y las complicaciones médico-quirúrgico”.
El propio Tribunal Superior considera que no es posible en este caso concluir de forma categórica que era “absolutamente imposible” a la vista de este circuito informativo de la comunidad científica prever la reacción adversa al pegamento biológico y que de todas formas la responsabilidad última corresponde a la Administración y no al paciente “que sufrió los efectos adversos y lesivos por la utilización del producto”.