Tres jueces del Supremo reflexionan sobre los “agujeros” que tiene la ley de violencia de género
Tres magistrados del Tribunal Supremo han reflexionado este viernes en el Congreso Internacional sobre Violencia Machista que se celebra en Gran Canaria sobre los “agujeros” de los que adolece la legislación española en materia de delitos contra la mujer.
Julián Sánchez Melgar, de la Sala de lo Penal, ha abordado la posibilidad de ampliar el rango de la agresión sexual para que contemple la anulación de la voluntad.
En una ponencia titulada “Delitos contra la libertad sexual: diagnosis de jurisprudencia”, Sánchez Melgar ha analizado las diferencias legales entre abuso y agresión sexual a la luz de tres sentencias, incluida la del caso de “la Manada” los Sanfermines.
El futuro, ha dicho, pasa por la supresión de diferencia entre abuso y agresión y la adecuación de las penas. A su juicio, los casos de abuso abordarían situaciones concretas, mientras que “se debería convertir en agresión no solo la violencia e intimidación, sino también ”los supuestos de abuso con consentimiento inexistente“.
Por su parte, el magistrado Antonio del Moral, de la misma Sala, ha planteado en su ponencia, denominada “¿Qué hacemos con la dispensa legal entre parientes?”, el derecho a no declarar en casos de relación familiar como contempla el artículo 416.
Para Del Moral, “se trata de un agujero en la jurisprudencia” por el que “se escapan un gran número de absoluciones” en casos de violencia machista.
A través de varias sentencias, este magistrado ha explicado que el Convenio de Estambul, firmado por España, marca que un delito “no dependa totalmente de denuncia de la víctima” y, por lo tanto, “pueda seguir el procedimiento aunque se retracte de la misma”.
Sin embargo, en el caso de que la víctima de un delito de este tipo se acoge a su derecho a no declarar contra su pareja “no se da una protección jurídica efectiva”.
En estos casos, ha señalado, la declaración queda anulada y, por lo tanto, al tribunal “no le cabe más que la absolución”, porque “no se puede rescatar la declaración”.
Desde 2018, ese supuesto de negativa de la víctima de un delito de violencia machista a declarar contra su pareja se ha dado en “un 11 % de los casos”.
La magistrada Ana Ferrer, también de la Sala de lo Penal, ha expuesto en su ponencia “La posición de las víctimas de violencia de género ante el proceso penal. Su credibilidad y el derecho al miedo”, la trata de personas para explotación sexual.
Ferrer ha subrayado que trata de seres humanos “es también mayoritariamente violencia de género”, porque para fines de explotación sexual la padecen “sobre todo mujeres y niñas”, que se encuentran “en una situación de terror en muchas ocasiones”.
Además, ha apuntado, presenta un componente económico sobre todo “en países de origen de alta vulnerabilidad”.
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