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ANÁLISIS

La nueva política migratoria de la UE permite el bloqueo de personas en Canarias durante seis meses

Migrantes en la isla de Fuerteventura

Irina Betancor Almeida

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Los movimientos migratorios han escrito, y siguen escribiendo a día de hoy, la historia de las civilizaciones. Echar la vista atrás para dilucidar los orígenes de cualquier estado-nación contemporáneo supone analizar qué grupos demográficos se trasladaron de un lugar a otro y en qué momento ocurrió dicho trasiego. Sin ir más lejos, al preguntarse sobre la ascendencia de los primeros pobladores del Archipiélago canario, no son pocos los historiadores y académicos que apuntan al norte de África y, en particular, al pueblo bereber. Canarias es, a día de hoy, la frontera sur del espacio de libre circulación europeo, la puerta de entrada y el punto de unión entre el continente europeo y su homólogo africano. Esta situación geográfica trae consigo una interrelación constante entre poblaciones. 

La política migratoria y de fronteras, si bien es una competencia de los estados que no ha sido cedida formalmente al nivel de gobernanza europeo, ha ido desarrollándose en un marco de cooperación entre los países miembros de la UE. Desde la entrada de España al club, en 1985, ha habido un desarrollo constante de mecanismos de control de fronteras cuyo foco ha sido la ruta Atlántica. En 2005, tras la adopción del Enfoque Global de Migración y Movilidad, se abrió un nuevo capítulo de la política de control migratorio. La combinación de medidas restrictivas, como la militarización de las fronteras con el despliegue de FRONTEX, y de medidas preventivas, a partir de acuerdos internacionales con países africanos, entre ellos Senegal y Marruecos, tuvieron como consecuencia una modificación de las rutas, cuyo punto de salida fue desplazándose hacia el sur, y una disminución temporal de las llegadas a las costas canarias. Según los datos del Ministerio de Interior, en 2005 llegaron a Canarias 11.797 migrantes en situación irregular. En 2020 han sido un total de 23.023.

Actualmente se está desarrollando un proceso de reformulación de la política migratoria de la UE a raíz de la bautizada como “crisis de los refugiados”, cuyo impacto social y humanitario no ha sido aún abordado de forma integral. En esta línea, el 23 de septiembre del 2020, la Comisión Europea presentó el nuevo Pacto de Migración y Asilo para los Estados miembros de la Unión, con 5 propuestas legislativas para la creación o modificación de normativas en materia de migración y asilo. Entre ellas, la propuesta que mayor impacto puede tener en el archipiélago canario es la de modificación del Reglamento de Procedimiento de Asilo. El texto preparado por la Comisión incluye la creación de una nueva fase previa a la entrada, destinada a controlar e identificar a las personas migrantes y a determinar si puede acogerse o no al procedimiento fronterizo de asilo. La inclusión de esta nueva fase implicaría que las solicitudes de asilo solamente se registrasen al finalizar este control inicial, alargando aún más los plazos totales de resolución de las solicitudes. La propuesta, que aún se encuentra en fase de negociaciones, no incluye un periodo temporal específico para esta fase inicial. 

El documento contiene, además, especificaciones relativas a la aplicación del procedimiento fronterizo de asilo, con una duración máxima de doce semanas y cuya aplicación sería obligatoria para los solicitantes que procedan de un país con una proporción de reconocimiento de derecho a protección internacional inferior al 20% en el número total de solicitudes aprobadas en la UE. La tramitación de este procedimiento supone la evaluación de la situación del migrante y la resolución de su solicitud de asilo, que puede tener un resultado favorable, en cuyo caso la persona puede disfrutar del derecho a la protección internacional, o un resultado desfavorable, indicando que la persona en cuestión no cumple con los parámetros que conducen al estatus de persona refugiada. 

En la práctica, estas provisiones significarían la aplicación del procedimiento de forma obligatoria a aquellos nacionales procedentes de diferentes países del norte y noroeste del continente africano. En particular, según los datos de noviembre de 2020 de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo, las tasas de reconocimiento de Marruecos, Argelia, Túnez, Senegal y Nigeria, entre otros, se encontraban por debajo del 20%. 

Por otro lado, sobre la gestión de los procedimientos de retorno, la propuesta del Reglamento establece que aquellas personas cuya solicitud de asilo haya sido rechazada deberán permanecer en las fronteras exteriores del territorio comunitario hasta que se proceda a la ejecución del retorno, por un periodo máximo de doce semanas. Por lo tanto, una persona que arribe a las costas canarias de forma irregular y a la que se le aplique el procedimiento fronterizo de asilo y no se le otorgue el derecho a protección internacional podría permanecer hasta seis meses en el archipiélago. 

De ser aprobada, esta legislación supondría mantener y perpetuar la presión migratoria en los bordes externos del territorio europeo, con el riesgo consecuente de sobrecarga del sistema administrativo, de falta de recursos materiales para asegurar un trato digno a las personas migrantes y de la potencial violación de sus derechos. La crisis social y económica derivada de la pandemia de la COVID-19 y la creciente normalización del discurso xenófobo de Vox han avivado una situación de tensión social, marcada por el rechazo de algunos sectores de la población local a la presencia de personas migrantes. Todo ello, sumado a la falta de acción por parte del gobierno central y a la reticencia de terceros países a cumplir con los acuerdos internacionales en materia de retornos en el marco de la crisis sanitaria, acrecienta la polarización social, poniendo en riesgo tanto a las personas migrantes como a los habitantes del archipiélago. 

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