Desalojado de forma “urgente” un edificio en Bajamar por “falta de garantías de seguridad estructural”
La Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de La Laguna ha notificado a los propietarios del Edificio Dácil en Bajamar una resolución de desalojo urgente del inmueble, situado en la carretera general desde la localidad hacia Punta del Hidalgo, como “medida cautelar de protección de las personas ante la ausencia de garantías técnicas suficientes sobre la estabilidad estructural del inmueble”.
La resolución adoptada, explica el Ayuntamiento, responde, exclusivamente, a criterios técnicos y jurídicos, orientados a garantizar la seguridad de las personas y a asegurar el cumplimiento de las obligaciones de conservación establecidas en la normativa urbanística.
La decisión se adopta tras las comprobaciones realizadas por el Servicio de Disciplina Urbanística, que incluyen inspección técnica efectuada por personal del Organismo Autónomo, y con motivo de la recepción de un informe, emitido por la dirección facultativa de las obras de rehabilitación del inmueble en curso, en el que se concluye expresamente que, debido al estado actual de los trabajos y a las actuaciones de refuerzo aún pendientes, no es posible asegurar la estabilidad del edificio.
Asimismo, la Gerencia Municipal de Urbanismo ha mantenido una reunión informativa con la comunidad de propietarios, en la que se ha trasladado el contenido de la resolución, el alcance de las medidas cautelares y las obligaciones derivadas de las órdenes de ejecución vigentes. Además, se ha establecido un canal de comunicación directo con la comunidad de propietarios para facilitar información actualizada y coordinar las actuaciones necesarias durante el proceso.
El Ayuntamiento ha activado un dispositivo coordinado de acompañamiento social y de seguridad para garantizar el cumplimiento de la medida cautelar y la atención a las personas afectadas. Este dispositivo incluye vigilancia del inmueble para evitar accesos no autorizados y la oferta de recursos de alojamiento temporal y acompañamiento social, en función de las necesidades de cada unidad familiar, si bien la mayoría disponen de otro recurso alojativo personal.
El Ayuntamiento recuerda que, en 2019, la Gerencia Municipal de Urbanismo ordenó el desalojo urgente de dicho edificio y tras informe técnico que advertía de un posible riesgo de colapso estructural, aunque una semana después se permitió el realojo al acreditarse, por valoración certificada externa, que la estructura mantenía entonces condiciones de estabilidad, siempre condicionadas a la ejecución de obras de refuerzo estructural.
Casi siete años después, la documentación incorporada al expediente y la inspección técnica realizada evidencian que las actuaciones de rehabilitación no han concluido, que persisten elementos estructurales pendientes de intervención y que no ha sido posible, por parte de la propiedad y de la contrata, acceder a todos los locales para ejecutar los refuerzos necesarios.
Durante la mencionada inspección, se constató que existían apuntalamientos en algunos locales y que se observaban fisuras en el exterior, sin que fuera posible acceder a la totalidad de los espacios afectados. El informe señala además que algunos de los apuntalamientos visibles no contaban con los elementos necesarios para garantizar una correcta transmisión de cargas, circunstancia que ha de reforzarse con valoración técnica más amplia.
Todas estas circunstancias, unidas al informe actualizado de la dirección facultativa y a que no existe una acreditación técnica actualizada que garantice la seguridad estructural del conjunto del edificio, además de la gravedad potencial de un fallo estructural, determinan que no concurren las condiciones necesarias para mantener la ocupación del inmueble y, por tanto, devienen en la adopción de una medida cautelar de desalojo para proteger la seguridad de las personas, conforme a la legislación vigente.
Esta resolución ordena el desalojo de todas las viviendas y locales en un plazo máximo de 24 horas, así como la realización de una comprobación técnica urgente de los apuntalamientos existentes y del estado de los elementos estructurales afectados, incluidos aquellos espacios a los que no se ha podido acceder, en un periodo de tres días.
Estas actuaciones deberán ejecutarse bajo dirección técnica competente y en las condiciones de seguridad que esta determine. La resolución establece que la medida podrá ser levantada si se aporta un certificado técnico actualizado, emitido por empresa especializada, que acredite expresamente la seguridad estructural del edificio y las condiciones para su eventual reocupación. Asimismo, la resolución notificada pone fin a la vía administrativa y recoge los recursos contencioso-administrativos que pueden interponerse ante el órgano competente.
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