Se reabre la causa penal contra Cepsa por la contaminación de la refinería de Santa Cruz

Refinería de CEPSA en el perímetro del puerto de Huelva.

Tenerife Ahora

Santa Cruz de Tenerife —

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha estimado el recurso presentado por la Fiscalía contra el Juzgado de Instrucción nº 5 de la capital tinerfeña por el sobreseimiento de una denuncia presentada en 2012 contra la compañía Cepsa.

Dicha denuncia fue interpuesta ante la Fiscalía de Medio Ambiente por Guillermo Guigou y Ángel Isidro Guimerá, en su propio nombre y en el de “Ciudadanos de Santa Cruz”. En ella acusaban a CEPSA de haber cometido posibles delitos contra el medio ambiente y la salud de las personas. Dicha denuncia estaba avalada por multitud de pruebas e informes que fueron adjuntados a la denuncia ante la Fiscalía y, posteriormente, ante el Juzgado de Instrucción número 5 de la capital.

Sin embargo, a pesar de las pruebas presentadas y de que también la Fiscalía interpuso su propia denuncia contra Cepsa, el Juzgado de referencia, con fecha 2 de junio de 2014, acordó el sobreseimiento provisional y el archivo de las diligencias previas. Los denunciantes, y también la Fiscalía, interpusieron entonces recursos de reforma y subsidiario de apelación contra esa resolución.

Finalmente, este miércoles, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha notificado a los denunciantes que estimará el recurso de apelación, por lo que deberá continuar la instrucción iniciada en 2012. Además, declara las costas del proceso de oficio.

En el Auto de La Sala, firmado por la magistrada Esmeralda Casado, se analiza la jurisprudencia del Tribunal Supremo en relación al delito medioambiental previsto en el art. 325 del Código Penal. El delito contra el medio ambiente, añade el Auto, es un delito de peligro que no precisa de una lesión efectiva del bien jurídico protegido, “el peligro equivale a la relevante posibilidad de que llegue a producirse un efecto temido.”

La Sala entiende, “tras un detenido estudio de las alegaciones de las partes, de los documentos aportados y de los informes y expedientes unidos, que el sobreseimiento dictado no es adecuado, por cuanto de los datos obtenidos en el curso de la instrucción no se puede excluir la probabilidad de que los hechos denunciados sean constitutivos de un delito contra el medio ambiente, lo que impide que la cuestión pueda ser sustraída al debate contradictorio propio del juicio oral”.

Finalmente, llama la atención la Sala sobre la necesidad de recabar información sobre el impacto que “determinadas incidencias han podido ocasionar en el medio ambiente y la salud de las personas”.

Los denunciantes, Guillermo Guigou y Ángel Isidro Guimerá, han mostrado su satisfacción por esta resolución judicial, que “tiende a dirimir las responsabilidades penales que pudieran concretarse y salvaguardar el medio ambiente y la salud de los vecinos de Santa Cruz”.

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