Un año de cárcel por estafar 2.400 euros a una mujer en La Laguna con el “timo del asfalto”
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a un hombre a un año de cárcel y a devolver 2.400 euros a una mujer de La Laguna que fue víctima del conocido como “timo del asfalto”, que consiste en ofrecer trabajos de obras y reformas muy por debajo del precio del mercado.
En el caso de la mujer estafada la sentencia da por probado que el acusado, con el ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, acordó a principios de 2019 con la víctima la realización de una obra de asfaltado en el patio de su vivienda situada en el barrio de Geneto, en La Laguna.
La Sala da por probado que desde el principio el hombre no tenía la intención de realizar trabajo alguno, pese a lo cual cobró 1.400 euros en efectivo con la excusa de que necesitaba el dinero para iniciar la obra.
Pero ese mismo día volvió al domicilio de la mujer para cobrar otros 400 euros, esta vez amparándose en que necesitaba esa cantidad para poder cerrar el trato con la fábrica de asfalto.
Tres días más tarde la mujer le entregó 600 euros más solicitados con la excusa de que los necesitaba para obtener un permiso del Ayuntamiento, que jamás llegó a tramitar.
Poco después el acusado envió peones al domicilio, quienes se encargaron de limpiar el patio y picar el suelo, para no volver jamás a aparecer por la vivienda.
En definitiva, la Audiencia considera probado que el encausado “ni realizó la obra pactada ni devolvió el dinero a la mujer, sino que lo incorporó a su patrimonio personal”.
En el recurso presentado, el acusado negó que desde el principio actuase con la intención de no cumplir el contrato y de hecho sostuvo que lo había ejecutado en parte y si no lo hizo en su totalidad fue por causas ajenas a su voluntad.
Puso como ejemplo la actitud de algunos vecinos en contra de las obras y los supuestos incumplimientos de la mujer que presentó luego la denuncia, a la que atribuyó no haber pagado todo el dinero acordado y mantuvo que se estaba ante una causa civil, no un delito de estafa, pese a que ya había sido condenado por este último delito en una ocasión anterior.
Estos argumentos son rechazados por la Audiencia, que cree demostrado que nunca se adquirió material alguno, ni se gestionaron los permisos municipales ni se ejecutaron trabajos, excepto la preparación del terreno llevados a cabo durante dos días por dos peones. El pago efectuado a estos últimos supondría “una pequeñísima fracción del abono inicial de 1.400 euros”.
En definitiva, se da por probado que el acusado actuó desde el principio sin ninguna intención de cumplir el contrato, que en realidad utilizó como instrumento para engañar a la perjudicada y obtener el dinero entregado.
“Simplemente se pretendió crear una apariencia de inicio de cumplimiento del acuerdo que ocultara el fraude o estafa que estaba llevando a cabo. No se cree que haya prueba alguna de que los vecinos protestaran y de hecho se considera que difícilmente pudo haber oposición a unas obra que en la práctica nunca legaron a empezar realmente, más allá de unos escasos trabajos iniciales”.
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