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La Justicia respalda limitar unas protestas reiteradas contra el Gobierno canario por causar “graves incidencias” en un colegio

Protesta de la plataforma Viviendas Sociales en Lucha en Las Palmas de Gran Canaria

Toni Ferrera

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha respaldado limitar el horario de unas protestas contra el Gobierno de Canarias que se celebran con frecuencia, a veces de forma diaria, delante del edificio de Usos Múltiples II, en Las Palmas de Gran Canaria, por las “graves incidencias” registradas en un colegio cercano ocasionadas por el ruido de los manifestantes.

En una sentencia dictada el pasado 17 de mayo, el alto tribunal canario avala la decisión que tomó la Subdelegación del Gobierno en la provincia de Las Palmas, que resolvió acotar de 14:30 a 15:00 la duración de unas concentraciones convocadas por la plataforma Viviendas Sociales en Lucha, compuesta por inquilinos que luchan por acceder en propiedad a sus viviendas VPO, para los días 16, 20, 23 y 27 de mayo.

Las protestas venían celebrándose desde principios de año todos los lunes y los jueves de 11:30 a 12:30 e incluso antes lo hacían de 09:00 a 11:30/12:00. Los manifestantes piden el cumplimiento del Decreto 1/2023, que garantiza el derecho de acceso en propiedad a sus viviendas de protección oficial en las que llevan viviendo más de 25 años tras múltiples promesas incumplidas. Las concentraciones son delante del edificio de Usos Múltiples II, en la capital grancanaria, donde el Instituto Canario de la Vivienda (ICAVI) tiene sus instalaciones.

En la resolución impugnada, la Subdelegación del Gobierno acordó modificar la celebración de las protestas de 14:30 a 15:00 para “limitar” el impacto que el “excesivo ruido” de las mismas estaba causando para el “desarrollo de la jornada estudiantil, el funcionamiento del edificio de Usos Múltiples II y en los residentes de la zona”.

Desde que comenzaron las manifestaciones, han sido elevadas “continuas quejas” por el “elevado ruido emitido por el uso de distintos elementos sonoros (alarmas, megáfonos y golpes sobre objetos y pitos)”. Representantes del colegio, CEIP Iberia, y convocantes han llegado a protagonizar “incidentes” debido a esto. Los profesores han dicho que el sonido “les causa tal nivel de nerviosismo [a los alumnos] que llegan a llorar y taparse los oídos intentando aislarse”.

La plataforma Viviendas Sociales en Lucha impugnó la resolución de la Subdelegación del Gobierno al considerar que la limitación horaria “no solo vulnera su derecho de reunión”, sino que también es una “falta de respeto”, pues le deja “solo media hora” para llevar a cabo su reivindicación en un horario, de 14:30 a 15:00, “en el que no hay nadie con competencia y capacidad para decidir sobre lo reivindicado y que pueda escucharlos”.

Para la asociación, los “supuestos problemas” que generan los ruidos de las protestas no son justificación suficiente. Pide “datos objetivos suficientes” y no “la mera sospecha o posibilidad de que se vayan a producir alteraciones del orden público”. También dice que el carácter “reiterado” de las concentraciones, un hecho por el que el derecho de manifestación puede “verse limitado”, sugirió la Subdelegación del Gobierno, “no legitima su prohibición o limitación sin la concurrencia de otras razones que la justifiquen”.

La Abogacía del Estado y la Fiscalía solicitaban la confirmación de la resolución impugnada. El TSJC, por su parte, ha desestimado el recurso de la agrupación y respaldado la decisión de la representación del Estado en la provincia de Las Palmas. La sentencia reconoce que “el ruido [de los manifestantes] es elevado” y que eso “está repercutiendo negativamente no solo en el derecho de educación de los alumnos, sino también en su propio bienestar y salud”.

El alto tribunal canario considera que la “reiteración” es “otro elemento a tener en cuenta” para justificar la restricción horaria, puesto que “otras medidas” adoptadas, como trasladar las protestas de 09:00 a 11:30/12:00 a de 11:30 a 12:30, habían sido infructuosas porque el “nivel de malestar” de los docentes había incluso aumentado.

El fallo recuerda que el lugar donde se celebran las concentraciones es en la entrada al edificio de Usos Múltiples II, un “angosto pasaje de unos tres metros de ancho” en la calle Agustín Millares que separa dicho inmueble del CEIP Iberia. Allí, la “escasa distancia” entre ambos edificios hace que “el tipo de aparatos utilizados por los manifestantes (silbatos, vuvuzelas y un megáfono con función sirena) resulte especialmente gravosa para los alumnos”, quienes, además, continúa la sentencia, se ven “seriamente afectados” tanto en el desarrollo de la actividad lectiva como “en el derecho a su propia integridad” por los incidentes entre convocantes y docentes anteriormente mencionado.

“El límite al derecho de manifestación viene dado, no tanto por las molestias que pueden ocasionarse a las dependencias administrativas destinatarias de las reivindicaciones, sino por las graves incidencias que se están produciendo en el centro educativo”, resume la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC.

El alto tribunal canario se apoya en el reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo, que amparó a una familia de las Islas que vivía y tenía un negocio situado a apenas 200 metros de un edificio, alquilado por la compañía Orange, en el que se había instalado una antena de telefonía móvil contra la que protestaban los vecinos (hasta 62 veces lo hicieron) bajo el lema “Antenas no, salud sí”. La Sala de los Contencioso-Administrativo precisó que el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación no pueden significar “la infracción de otros” y que hay que buscar “un punto de equilibrio”.

En este caso, el “perjuicio” causado por los manifestantes es contra el derecho a la educación de los alumnos, sostiene el TSJC.

Por otro lado, la Sala sostiene que esta sentencia trata un supuesto “distinto” a los dos fallos favorables a la plataforma Viviendas Sociales en Lucha, en los que el alto tribunal había estimado sendos recursos contra resoluciones de la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas que prohibían o directamente inadmitían a trámite comunicaciones de futuras manifestaciones sin proponer la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario.

Finalmente, la asociación, en declaraciones a Canarias Ahora, ha lamentado que el horario actual de las protestas es el que “menos incomoda” al consejero de Vivienda, Movilidad y Obras Públicas del Gobierno de Canarias, Pablo Rodríguez (Coalición Canaria) y al director del ICAVI, Antonio Ortega, también de CC. Ha anunciado que, durante el verano, después de finalizar la docencia en el colegio, volverá a pedir la celebración de las manifestaciones por las mañanas. Y ha reiterado que todavía “no se han puesto en contacto con nosotras para formalizar la compraventa de las viviendas” de VPO, como garantiza el Decreto 1/2023. 

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